R. VM. N° 020-2022-MINEDU.- Aprueban el listado de materiales educativos impresos y concretos, elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio de Educación para el desarrollo del año escolar 2022 en las instituciones educativas y programas educativos públicos de la educación básica



R. VM. N° 020-2022-MINEDU.- Aprueban el listado de materiales educativos impresos y concretos, elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio de Educación para el desarrollo del año escolar 2022 en las instituciones educativas y programas educativos públicos de la educación básica
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban el listado de materiales educativos impresos y concretos, elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio de Educación para el desarrollo del año escolar 2022 en las instituciones educativas y programas educativos públicos de la educación básica

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 020-2022-MINEDU


Lima, 2 de marzo de 2022

VISTOS, el Expediente N° 0175316-2021, los Informes N° 01381-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR y N° 01463-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 00034-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00064-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, asimismo, el literal f) del artículo 13 de la Ley General de Educación, señala como un factor que interactúa para el logro de la calidad de la educación a la infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias técnico-pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo, y accesibles para las personas con discapacidad;

Que, el artículo 32 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, señala que los materiales educativos son recursos de diversa naturaleza que se utilizan en los procesos pedagógicos con el fin de que los estudiantes desarrollen de manera autónoma, reflexiva e interactiva sus aprendizajes; y que el Ministerio de Educación, el Gobierno Regional a través de la Dirección Regional de Educación, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local o entidades que hagan sus veces, son responsables de elaborar, producir y/o adquirir sus recursos educativos para los niveles y modalidades de la Educación Básica;

Que, a través del Oficio N° 00892-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 01381-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR, complementado con el Informe N° 01463-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar el listado de materiales educativos impresos y concretos, elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio de Educación para el desarrollo del año escolar 2022 por parte de las instituciones educativas públicas y programas educativos públicos de la educación básica (en adelante, el listado de materiales);

Que, el listado de materiales tiene por finalidad poner en conocimiento de toda la comunidad educativa los materiales educativos vigentes para el desarrollo del año escolar 2022, asegurando su uso pertinente en el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje, por parte de las instituciones educativas y programas educativos públicos de la educación básica. Asimismo, según lo señalado en el Informe N° 01381-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la aprobación del referido listado de materiales no limita el uso de otros materiales educativos, impresos y concretos, que los Gobiernos Regionales elaboren, produzcan y/o adquieran en el marco de sus competencias;

Que, mediante el Informe Nº 00034-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación del listado de materiales, dado que se encuentra alineado con los documentos de planificación estratégica e institucional del Sector Educación y desde el punto de vista presupuestal, no irrogará gastos al Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, a través del Informe N° 00064-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que aprueba el listado de materiales, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, de conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el listado de materiales educativos impresos y concretos, elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio de Educación para el desarrollo del año escolar 2022 en las instituciones educativas y programas educativos públicos de la educación básica, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Alberto Hernández Alcántara
Viceministro de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 04/03/2022]





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