R. VM. N° 092-2020-MINEDU.- Aprueban la Norma Técnica denominada «Disposiciones que regulan los Procedimientos Técnicos del Escalafón en las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local»



R. VM. N° 092-2020-MINEDU.- Aprueban la Norma Técnica denominada «Disposiciones que regulan los Procedimientos Técnicos del Escalafón en las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local»
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan los Procedimientos Técnicos del Escalafón en las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local"

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 092-2020-MINEDU


Lima, 7 de abril de 2020

VISTOS, el Expediente N° 0037575-2020 y los informes contenidos en el referido expediente, el informe N° 465-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al literal b) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, es atribución del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, deporte y recreación;

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, conforme al artículo 14 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Escalafón Magisterial es un registro nacional y descentralizado en el que se documenta y publica la trayectoria laboral de los profesores que prestan servicios profesionales al Estado;

Que, el numeral 32.1 del artículo 32 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, dispone que el Escalafón Magisterial es un registro administrativo de alcance nacional donde se documenta el record o la trayectoria laboral y profesional del profesor al servicio del Estado, para facilitar sus procesos de evaluación, reconocimiento de méritos y beneficios. Asimismo, el numeral 32.2 del citado artículo señala que el Ministerio de Educación regula la estructura y contenido del registro escalafonario, así como el procedimiento estandarizado para su actualización, el cual es de cumplimiento obligatorio por las instancias de gestión educativa descentralizada;

Que, con Resolución Ministerial N° 563-2015-MINEDU se aprobó el Instructivo del Sistema de Escalafón Magisterial, modificado por la Resolución Ministerial N° 498-2016-MINEDU;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 017-2019-MINEDU se aprueba la "Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para las contrataciones de profesores y las características para su renovación, en el marco del Contrato de Servicio Docente en educación básica, a que hace referencia la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones"; la misma que en el segundo párrafo de su numeral 7.9.3 dispone que a partir de la vinculación del profesor contratado con la instancia de gestión educativa descentralizada (IGED), el equipo de escalafón y legajos de la IGED, abrirá su legajo personal, debiendo los profesores contratados adjuntar la documentación sustentatoria respecto a su filiación e identificación personal, situación académica, copias de los actos resolutivos de contratos, entre otros, según se establezca en norma complementaria que se apruebe para su implementación;

Que, bajo ese marco normativo, mediante el Oficio Nº 00374-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00180-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, complementado con el Informe N° 00227-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborados por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, dependiente de la referida Dirección General, los mismos que sustentan la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan los Procedimientos Técnicos del Escalafón en las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local", la misma que tiene como objetivo regular los procedimientos técnicos para la organización, actualización, sistematización y seguridad del legajo personal del profesor (nombrado o contratado) y del auxiliar de educación (nombrado), en actividad, cesante o pensionista, de educación básica y de educación técnico-productiva, como fuente de información del Escalafón Magisterial. Asimismo, establecer el uso y aplicación del Sistema Informático de Escalafón;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 006-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; la "Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para las contrataciones de profesores y las características para su renovación, en el marco del Contrato de Servicio Docente en educación básica, a que hace referencia la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones", aprobada por Decreto Supremo N° 017-2019-MINEDU; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 006-2020-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial N° 156-2020-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Derogar el Instructivo del Sistema de Escalafón Magisterial, aprobado por la Resolución Ministerial N° 563-2015-MINEDU y modificado por la Resolución Ministerial N° 498-2016-MINEDU.

Artículo 2.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan los Procedimientos Técnicos del Escalafón en las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local", la misma que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA PATRICIA ANDRADE PACORA
Viceministra de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 13/04/2020]



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