R. M. N° 237-2019-MINEDU - Modifican la «Norma Técnica que establece procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2019» www.minedu.gob.pe



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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Modifican la "Norma Técnica que establece procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2019"

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 237-2019-MINEDU


Lima, 22 de mayo de 2019

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 32.1 del artículo 32 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en adelante la Ley, autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales hasta por el monto de S/ 248 682 587,00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, y el ministro de Educación, a propuesta de este último, para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los gobiernos regionales, conforme a lo siguiente: a) La implementación de la jornada escolar completa en las instituciones educativas públicas de nivel secundaria de Educación Básica Regular; b) Acompañamiento y soporte pedagógico en las instituciones educativas públicas de los niveles de educación; inicial y primaria de la modalidad de Educación Básica Regular; c) Implementación de la gestión del currículo; d) Las acciones de inducción y formación docente en servicio establecidas en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial; e) Funcionamiento de los Centros Rurales de Formación en Alternancia (CRFA); f) Implementación de la Secundaria con Residencia Estudiantil, g) La realización de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales; h) El fortalecimiento de las acciones comunes del programa presupuestal 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva, y del programa presupuestal 0107: Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria; i) Implementación de las Redes Educativas Rurales; j) La implementación de las evaluaciones o concursos previstos en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, así como el pago de viáticos, pasajes y movilidad para los integrantes de los Comités de Evaluación y la contratación de los servicios de docentes que formen parte de estos comités, que se constituyan en los gobiernos regionales; k) Pago de propinas de los Promotores Educativos Comunitarios y el pago de pasajes, viáticos y/o movilidad local de profesores coordinadores en el marco de los programas no escolarizados de educación inicial de gestión directa del ciclo I y II; l) Atención de las condiciones básicas de las instituciones educativas públicas; m) Distribución y almacenamiento de los materiales y recursos educativos pedagógicos, así como la adquisición y distribución de material fungible a las instituciones educativas públicas a su cargo, a través de las direcciones y/o gerencias regionales de educación y las unidades de gestión educativa local y/o la que haga de sus veces; n) Fortalecimiento de las acciones del PP 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular; ñ) Fortalecimiento de los servicios pedagógicos en los centros y programas de la modalidad Educación Básica Especial, escuelas inclusivas, así como en las Direcciones Regionales de Educación, en el marco del PP 0106: inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva; o) Fortalecimiento de las acciones de PP 0107: Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria, así como la implementación del Plan de Fortalecimiento de los Institutos de Educación Superior Pedagógicos; p) Cumplimiento de las condiciones básicas de calidad de los Institutos de Educación Superior Tecnológicos, en el marco del PP 0147: Fortalecimiento de la Educación Superior Tecnológica; q) El fortalecimiento de la gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local; y, r) El fortalecimiento de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas, en adelante las intervenciones y acciones pedagógicas;

Que, el numeral 32.2 del artículo 32 de la Ley dispone que el financiamiento de las intervenciones y acciones pedagógicas se efectúa progresivamente y en etapas hasta el 30 de agosto de 2019. Cada transferencia se efectúa en base a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y de la ejecución de la última transferencia efectuada para las mencionadas intervenciones, salvo la primera transferencia, y conforme a las condiciones o disposiciones complementarias para la transferencia y ejecución de los recursos que apruebe el Ministerio de Educación, en el marco de la normatividad de la materia, en un plazo que no exceda de los noventa (90) días calendario de la vigencia de la Ley;

Que, en este marco legal mediante Resolución Ministerial Nº 137-2019-MINEDU, se aprueba la "Norma Técnica que establece procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2019", en adelante la Norma Técnica la cual tiene como objetivos: a) Brindar los criterios para la programación de los componentes necesarios para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales para el año 2019; b) Establecer la metodología de cálculo y criterios de evaluación para las transferencias de recursos para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales para el año 2019; c) Contribuir con una gestión pública eficiente, que garantice una adecuada y oportuna prestación de servicios educativos a los estudiantes; d) Optimizar la gestión presupuestal de los recursos a ser transferidos a los Gobiernos Regionales, en específico a las Unidades Ejecutoras del Sector Educación, e) Minimizar los montos de los saldos presupuestales que se generen al finalizar el año fiscal 2019, producto de las transferencias de recursos para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales para el año 2019; y, f) Propiciar el uso transparente y eficiente de los recursos asignados a las intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales para el año 2019;

Que, mediante los Oficios N°s 00427-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, 00439-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, 00485-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, 00493-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, 0260-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBE, el Memorándum Nº 00247-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE y los Informes N°s 037-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA-GMCT, 004-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA/JLR, y 026-2019-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBE-CPyP, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA), y la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE), sustentan la necesidad de modificar los Anexos 1.19 Fortalecimiento de los servicios pedagógicos en los centros y programas de la modalidad Educación Básica Especial, escuelas inclusivas, así como en las Direcciones Regionales de Educación, en el marco del PP 0106: inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva; 1.22 Cumplimiento de las condiciones básicas de calidad de los Institutos de Educación Superior Tecnológicos, en el marco del PP 0147: Fortalecimiento de la Educación Superior Tecnológica y 1.24 El fortalecimiento de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas del Anexo 1: Criterios de programación de las intervenciones pedagógicas; el numeral 2.4.1 Datos Generales del componente 2.4: Organización de seminarios y talleres y el numeral 2.5.1 Datos Generales del componente 2.5: Adquisición de material fungible, didáctico, limpieza y servicio de impresiones y/o fotocopiado del Acápite II. Criterios de Evaluación por Tipo de Componente, del Anexo 2: Metodología de cálculo y criterios de evaluación para las transferencias; y los Cuadros 3.19 Fortalecimiento de los servicios pedagógicos en los centros y programas de la modalidad Educación Básica Especial, escuelas inclusivas, así como en las Direcciones Regionales de Educación, en el marco del PP 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva; 3.22 Cumplimiento de las condiciones básicas de calidad de los Institutos de Educación Superior Tecnológicos, en el marco del PP 0147: Fortalecimiento de la Educación Superior Tecnológica y 3.24 El fortalecimiento de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas del Anexo 3: Mensualización de las actividades por intervención pedagógica de la Norma Técnica; con el fin de efectuar precisiones y/o ajustes normativos necesarios debidamente sustentados en los documentos antes detallados;

Que, mediante Informe N° 00511-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación sustenta y propone la modificación de los Anexos 1.19, 1.22 y 1.24 del Anexo 1: Criterios de programación de las intervenciones pedagógicas; los numerales 2.4.1 y 2.5.1 de los componentes 2.4 y 2.5 del Anexo 2: Metodología de cálculo y criterios de evaluación para las transferencias; y, de los Cuadros 3.19, 3.22 y 3.24 del Anexo 3: Mensualización de las actividades por intervención pedagógica de la Norma Técnica; señalando además que dicha propuesta no tiene incidencia en materia presupuestal por cuanto no demandan de recursos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación para su aprobación;

Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Modificar los Anexos 1.19 Fortalecimiento de los servicios pedagógicos en los centros y programas de la modalidad Educación Básica Especial, escuelas inclusivas, así como en las Direcciones Regionales de Educación, en el marco del PP 0106: inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva; 1.22 Cumplimiento de las condiciones básicas de calidad de los Institutos de Educación Superior Tecnológicos, en el marco del PP 0147: Fortalecimiento de la Educación Superior Tecnológica y 1.24 El fortalecimiento de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas del Anexo 1: Criterios de programación de las intervenciones pedagógicas de la "Norma Técnica que establece procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2019", aprobada por Resolución Ministerial Nº 137-2019-MINEDU, conforme al detalle contenido en el Anexo 1, que como adjunto forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Modificar el numeral 2.4.1 Datos Generales del componente 2.4 Organización de seminarios y talleres y el numeral 2.5.1 Datos Generales del componente 2.5 Adquisición de material fungible, didáctico, limpieza y servicio de impresiones y/o fotocopiado del Acápite II. Criterios de Evaluación por Tipo de Componente, del Anexo 2: Metodología de cálculo y criterios de evaluación para las transferencias de la "Norma Técnica que establece procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2019", de acuerdo al detalle contenido en el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Modificar los Cuadros 3.19 Fortalecimiento de los servicios pedagógicos en los centros y programas de la modalidad Educación Básica Especial, escuelas inclusivas, así como en las Direcciones Regionales de Educación, en el marco del PP 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva; 3.22 Cumplimiento de las condiciones básicas de calidad de los Institutos de Educación Superior Tecnológicos, en el marco del PP 0147: Fortalecimiento de la Educación Superior Tecnológica y 3.24 El fortalecimiento de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas del Anexo 3: Mensualización de las actividades por intervención pedagógica de la "Norma Técnica que establece procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2019", de acuerdo al detalle contenido en el Anexo 03 que como adjunto forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLOR PABLO MEDINA
Ministra de Educación

[El Peruano: 23/05/2019]





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