R. VM. N° 079-2019-MINEDU - Aprueban Norma Técnica «Disposiciones para el fortalecimiento de la gestión de la convivencia escolar en las DRE y las UGEL, a través de la contratación de especialistas regionales de convivencia escolar y asistentes de convivencia escolar bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS» www.minedu.gob.pe



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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban Norma Técnica "Disposiciones para el fortalecimiento de la gestión de la convivencia escolar en las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, a través de la contratación de especialistas regionales de convivencia escolar y asistentes de convivencia escolar bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios"

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 079-2019-MINEDU


Lima, 5 de abril de 2019

VISTOS, el Expediente N° 39730-2019, el Informe Nº 149-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE de la Dirección de Gestión Escolar, dependiente de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, y el Informe N° 320-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, establece que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se han asignado recursos, en el pliego Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento de las medidas previstas en el Plan de Acción Conjunto a cargo de la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal denominada "Comisión de emergencia encargada de proponer acciones para la protección, prevención y atención de casos de violencia contra la mujer", creada mediante Resolución Suprema Nº 129-2018-PCM; asimismo, el numeral 19.2 del mismo artículo autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos mencionados en el numeral precedente, a favor de gobiernos regionales, entre otros, en el marco de lo establecido en la Resolución Suprema Nº 129-2018-PCM, según requerimientos de recursos presentados por las entidades integrantes de la mencionada Comisión, para el financiamiento de las medidas previstas en el Plan de Acción Conjunto que, de acuerdo a sus competencias, les corresponde implementar. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a propuesta de esta última;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 048-2019-EF autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 del pliego Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de S/ 145 173 690,00 (CIENTO CUARENTA Y CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, para el financiamiento de las medidas previstas en el Plan de Acción Conjunto, las cuales se encuentran desarrolladas en la "Estrategia de implementación para el Año Fiscal 2019 del Plan de Acción Conjunto";

Que, el Plan de Acción Conjunto para prevenir la violencia contra las mujeres, así como brindar protección y atención a las víctimas de violencia, con énfasis en los casos de alto riesgo; aprobado por Decreto Supremo N° 008-2018-MIMP, establece la acción 1.2. Fortalecer a las DRE/UGEL para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y atención de la violencia; dentro del Objetivo 1: Garantizar procesos educativos libres de violencia y patrones discriminatorios hacia las niñas, niños, adolescentes y mujeres; del Lineamiento Estratégico 3: Prevención integral de la violencia contra las niñas, niños, adolescentes y mujeres;

Que, mediante el Oficio N° 160-2019-MINEDU/VMGI-DIGC la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar remite al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional el Informe Nº 149-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE, elaborado por la Dirección de Gestión Escolar, dependiente de la referida Dirección General, el mismo que sustenta la necesidad de aprobar la norma técnica denominada "Disposiciones para el fortalecimiento de la gestión de la convivencia escolar en las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, a través de la contratación de especialistas regionales de convivencia escolar y asistentes de convivencia escolar bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios";

Que, la referida norma técnica tiene como finalidad orientar a las Direcciones Regionales de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local del ámbito nacional en el proceso de contratación de personal, bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, para el fortalecimiento de la gestión de la convivencia escolar;

Que, mediante el Informe Nº 292-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto estima viable la referida propuesta de norma técnica, indicando que la misma resulta congruente con los objetivos estratégicos del Sector Educación. Asimismo, desde el enfoque presupuestal, su implementación se realizará con cargo a los recursos transferidos mediante Decreto Supremo N° 048-2019-EF, dejando constancia que los Pliegos Gobiernos Regionales durante el año 2019 cuentan con los recursos incorporados en sus presupuestos institucionales en mérito al referido Decreto Supremo, por lo tanto, su implementación no demanda recursos adicionales al Pliego 10: Ministerio de Educación;

Con el visado de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para el fortalecimiento de la gestión de la convivencia escolar en las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, a través de la contratación de especialistas regionales de convivencia escolar y asistentes de convivencia escolar bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios", la misma que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUIDO ALFREDO ROSPIGLIOSI GALINDO
Viceministro de Gestión Institucional

[El Peruano: 07/04/2019]






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