R. VM. Nº 025-2019-MINEDU - Aprueban la Norma Técnica «Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica» y modifican la Norma Técnica «Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de educación básica» www.minedu.gob.pe



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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban la Norma Técnica "Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica" y modifican la Norma Técnica "Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de educación básica"

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 025-2019-MINEDU

Lima, 10 de febrero de 2019

VISTOS, el Expediente 31960-2019, el Informe Nº 009-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR de la Dirección General de Educación Básica Regular, y;

CONSIDERANDO:

Que, según los literales b) y d) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, son atribuciones del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, cultura, deporte y recreación, y orientar el desarrollo del sistema educativo nacional, en concordancia con lo establecido por citada ley, y establecer las coordinaciones que al efecto pudieran ser convenientes y necesarias;

Que, asimismo, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 53 de la Ley General de Educación, el estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo. Le corresponde, entre otros aspectos, contar con un sistema educativo eficiente, con instituciones y profesores responsables de su aprendizaje y desarrollo integral; recibir un buen trato y adecuada orientación e ingresar oportunamente al sistema o disponer de alternativas para culminar su educación;

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 30 de la referida Ley, la evaluación es un proceso permanente de comunicación y reflexión sobre los procesos y resultados del aprendizaje, y es formativa e integral porque se orienta a mejorar esos procesos y se ajusta a las características y necesidades de los estudiantes;

Que, según el artículo 22 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, el Ministerio de Educación establece las normas nacionales de evaluación, promoción, recuperación y nivelación pedagógica del estudiante, tomando en cuenta la diversidad;

Que, el Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú, aprobado por Resolución Suprema Nº 001-2007-ED, establece como una de las principales medidas para el cumplimiento de la "Política Nº 7.1: Asegurar prácticas pedagógicas basadas en criterios de calidad y de respeto a los derechos de los niños", el uso de la evaluación como instrumento pedagógico para identificar aciertos y errores de alumnos y docentes y para mejorar tanto los aprendizajes como la enseñanza;

Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2021 del Sector Educación, aprobado por Resolución Ministerial Nº 287-2016-MINEDU, define como Objetivo Estratégico Sectorial 1: "Incrementar la equidad y la calidad de los aprendizajes y del talento de los niños y adolescentes";

Que, con Resolución Ministerial Nº 0234-2005-ED, se aprueba la Directiva Nº 004-VMGP-2005 denominada "Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica Regular"; la misma que establece las disposiciones pedagógicas y administrativas para la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria de la Educación Básica Regular;

Que, a través de la Resolución Directoral Nº 0562-2010-ED, se aprueba la Directiva Nº 041-2010-VMGP/DIGEBA/DPEBA denominada "Evaluación de los aprendizajes en la modalidad de Educación Básica Alternativa";

Que, por la Resolución Ministerial Nº 665-2018-MINEDU se aprobó la Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de educación básica;

Que, mediante Informe Nº 009-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR la Dirección General de Educación Básica Regular solicita y sustenta ante el Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica"; la misma que tiene por finalidad establecer orientaciones pedagógicas y de gestión para el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de manera que contribuya al desarrollo integral del estudiante y la mejora continua del proceso de enseñanza y aprendizaje en las instituciones y programas educativos públicos y privados de Educación Básica, en sus modalidades Educación Básica Regular, Educación Básica Especial y Educación Básica Alternativa;

Que, asimismo, el citado informe sustenta la necesidad de derogar parcialmente la Resolución Ministerial Nº 0234-2005-ED que aprueba la Directiva sobre Evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes en la Educación Básica Regular, así como la Resolución Directoral Nº 0562-2010-ED que aprueba la norma de Evaluación de los Aprendizajes en la Modalidad de Educación Básica Alternativa; asimismo, el citado informe fundamenta la modificación del numeral 5.6.6 de la norma técnica denominada "Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de educación básica, aprobada por Resolución Ministerial Nº 665-2018-MINEDU;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación, y la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Derogar la Resolución Ministerial Nº 0234-2005-ED, que aprueba la Directiva Nº 004-VMGP-2005 denominada "Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica Regular", excepto las disposiciones referidas a la evaluación con la escala vigesimal, las cuales serán aplicables para el segundo, tercer, cuarto y quinto grado de educación secundaria para el año 2019; así como, los numerales 5.12, 5.13 y 5.14 del artículo 5 de la citada Directiva.

Artículo 2.- Derogar la Resolución Directoral Nº 0562-2010-ED, que aprueba la Directiva Nº 041-2010-VMGP/DIGEBA/DPEBA denominada "Evaluación de los aprendizajes en la modalidad de Educación Básica Alternativa", excepto las disposiciones referidas a la evaluación con la escala vigesimal, las cuales serán aplicables para el segundo, tercer y cuarto grado del ciclo avanzado para el año 2019.

Artículo 3.- Modificar el numeral 5.6.6 de la norma técnica denominada "Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de educación básica", aprobada por Resolución Ministerial Nº 665-2018-MINEDU, conforme a la siguiente redacción:

"5.6 Continuidad de estudios:

5.6.6 Al término del periodo lectivo, la situación final del estudiante será: promovido de grado o edad o permanece en el grado. Esta información se actualiza automáticamente en el SIAGIE."

Artículo 4.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica"; la misma que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA CAROLA HELFER LLERENA
Viceministra de Gestión Pedagógica

[El Peruano: 11/02/2019]






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