R. M. Nº 000093-2024-MC.- Autorizan viaje de representantes del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP a EE.UU., en comisión de servicios



R. M. Nº 000093-2024-MC.- Autorizan viaje de representantes del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP a EE.UU., en comisión de servicios
MINISTERIO DE CULTURA

Autorizan viaje de representantes del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú-IRTP a EE.UU., en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000093-2024-MC


San Borja, 10 de marzo del 2024

VISTOS; el Oficio N° 000034-2024-IRTP-GG de la Gerencia General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú; el Informe N° 000312-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú-IRTP es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura mediante el Decreto Supremo N° 061-2016-PCM; cuyo objetivo es llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento;

Que, a través del Oficio N° 000034-2024-IRTP-GG, la Gerencia General del IRTP, solicita autorización de viaje, en comisión de servicios, de los señores Patricia Milagros Leguía García, Fátima Roxana Saldonid Westres y Julio Cesar Díaz Arenaza, del 14 al 18 de marzo de 2024, con la finalidad que realicen la cobertura informativa del evento denominado "Presentación Internacional de las Fiestas del Cusco-Inti Raymi 2024" y eventos conexos, así como transmitan el arribo y estancia del buque escuela de la Marina de Guerra del Perú-BAP UNIÓN , actividades que se llevarán a cabo del 15 al 17 de marzo de 2024, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América;

Que, asimismo a través del Informe N° 000061-2024-IRTP-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del IRTP se sustenta el interés institucional del referido viaje, señalando que la cobertura presencial del evento denominado "Presentación Internacional de las Fiestas del Cusco-Inti Raymi 2024" y de los eventos conexos, tienen como finalidad impulsar la reactivación económica y turística de la Región del Cusco y promocionar las fiestas jubilares de la ciudad del Cusco, así como, la transmisión del arribo y estancia del buque de escuela de la Marina de Guerra del Perú-BAP UNIÓN en la ciudad de Miami, tiene por finalidad resaltar la soberanía nacional;

Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática del evento en mención y a los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores Patricia Milagros Leguía García, Fátima Roxana Saldonid Westres y Julio Cesar Díaz Arenaza, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 14 al 18 de marzo de 2024; cuyos gastos en pasajes aéreos serán asumidos por la Empresa Municipal de Festejos del Cusco S.A. y los viáticos con cargo al Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú-IRTP;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de representantes, servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, son autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector;

Con los vistos de la Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Cultura;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los señores PATRICIA MILAGROS LEGUIA GARCIA, FATIMA ROXANA SALDONID WESTRES y JULIO CESAR DIAZ ARENAZA, representantes del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú-IRTP, a la ciudad Miami, Estados Unidos de América, del 14 al 18 de marzo de 2024; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú-IRTP, conforme al siguiente detalle:

- PATRICIA MILAGROS LEGUIA GARCIA
Viáticos (US$ 440 x 3 días) US$ 1 320,00

- FATIMA ROXANA SALDONID WESTRES
Viáticos (US$ 440 x 3 días) US$ 1 320,00

- JULIO CESAR DIAZ ARENAZA
Viáticos (US$ 440 x 3 días) US$ 1 320,00

-------------------

TOTAL: US$ 3 960,00

Artículo 3.-
Disponer que los servidores señalados en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince días calendario posteriores a su retorno, presenten ante la titular del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú-IRTP; un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en las actividades que efectúen, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley

Artículo 4.- La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura

[El Peruano: 12/03/2024]



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