Precisan que el nombre del observatorio instituido mediante Resolución Administrativa N° 001-2024-JN-ANC-PJ, es "Observatorio de Control Funcional de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 002-2024-ANC-PJ-JN
Lima, 7 de febrero de 2024
VISTA: La Resolución Administrativa N° 001-2024-JN-ANC-PJ, de fecha 30 de enero de 2024, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial (ANC-PJ), en virtud a la ley de su creación, Ley N° 30943, cuenta con autonomía administrativa, funcional y económica. Asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 103.1 del artículo 103 y el literal a) del artículo 103-B del Texto Único Ordenando de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, el Jefe de la ANC-PJ es la máxima autoridad del órgano de control funcional y lo representa, así como garantiza el cumplimiento de sus funciones;
Que, la Resolución Administrativa N° 001-2024-JN-ANC-PJ del 30 de enero de 2024, resolvió entre otros instituir en la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, el Observatorio Contralor Nacional que, respetando los fueros jurisdiccionales y la independencia de los jueces, tendrá como funciones acopiar de manera anticipada información relacionada a los casos judiciales emblemáticos, y de alta connotación social, incluyendo los procedimientos administrativos disciplinarios, que puedan afectar al sistema de justicia y a la gestión institucional de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, información que será alcanzada a la Alta Dirección del ente contralor para la eficaz y oportuna toma de decisiones dentro del marco de sus atribuciones;
Que, resulta necesario precisar que el nombre del observatorio instituido mediante Resolución Administrativa N° 001-2024-JN-ANC-PJ, es "Observatorio de Control Funcional de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial"; por lo que, toda mención al Observatorio Contralor Nacional debe entenderse que está referido al "Observatorio de Control Funcional de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial";
Por lo expuesto y, en uso de las facultades conferidas por la normatividad vigente;
SE RESUELVE:
Primero.- PRECISAR que el nombre del observatorio instituido mediante Resolución Administrativa N° 001-2024-JN-ANC-PJ, es "Observatorio de Control Funcional de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial"; por lo que, toda mención al Observatorio Contralor Nacional debe entenderse que está referido al "Observatorio de Control Funcional de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial".
Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de los Presidentes de las Corte Superiores de Justicia de la República, de los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, de las Oficinas y Unidades de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, de los Jueces Contralores, y de la Gerencia General del Poder Judicial, para los fines correspondientes. ENCARGANDO al Área de Comunicaciones e Imagen de la Unidad de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, la publicación y difusión en el portal web institucional. AUTORIZÁNDOSE a la Unidad de Administración, Finanzas y Gestión Documental de la Gerencia de Administración de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, para que curse los oficios respectivos y su notificación mediante correo electrónico, según corresponda.
Regístrese y comuníquese.
ROBERTO ALEJANDRO PALACIOS BRAN
Jefe
[El Peruano: 08/02/2024]
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