RES. Nº 000012-2024-PROMPERU/GG.- Modifican la Resolución Nº 002-2024-PROMPERÚ/GG respecto al precio de venta de la feria internacional TRANOI 2024 e incorporan la feria internacional In Cosmetics Global 2024 y aprueban precios de venta por el derecho de participación en ferias internacionales



RES. Nº 000012-2024-PROMPERU/GG.- Modifican la Resolución Nº 002-2024-PROMPERÚ/GG respecto al precio de venta de la feria internacional TRANOI 2024 e incorporan la feria internacional In Cosmetics Global 2024 y aprueban precios de venta por el derecho de participación en ferias internacionales
COMISIÓN DE PROMOCIÓN DEL PERÚ PARA LA EXPORTACIÓN Y EL TURISMO

Modifican la Resolución N° 002-2024-PROMPERÚ/GG respecto al precio de venta de la feria internacional TRANOI 2024 e incorporan la feria internacional In Cosmetics Global 2024 y aprueban precios de venta por el derecho de participación en ferias internacionales

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 000012-2024-PROMPERU/GG


San Isidro, 7 de febrero del 2024

VISTOS: el Informe N° 000010-2024-PROMPERÚ/GG-OPP y el Memorando N°000035-2024-PROMPERÚ/GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 000080-2024-PROMPERÚ/GG-OAD de la Oficina de Administración, el Memorando N° 000036-2024-PROMPERÚ/DX-SPC y el Informe Técnico N° 000008-2024-PROMPERÚ/DX-SPC de la Subdirección de Promoción Comercial, el Informe N° 0004-2024-PROMPERÚ/DO/OPAR del Consejero Económico Comercial en Paris, el Memorando N° 000054-2024-PROMPERÚ/DO de Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, y el Informe N° 000051-2024-PROMPERÚ/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales;

Que, asimismo, el literal b) del artículo 13 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, establece que los ingresos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones, que realiza con el fin exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala en el numeral 43.4 de su artículo 43 señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, establece en su artículo 1 que para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes a los ciudadanos se requiere contar con autorización de Ley expresa. De igual manera, el artículo 2 de la citada norma, señala que el Titular de la entidad mediante Resolución que deberá ser publicada, establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago. Toda modificación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015- PROMPERÚ/SG y modificatorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden;

Que, con Resolución de Secretaría General Nº 082-2010-PROMPERÚ/SG, se aprobó el Procedimiento para la determinación y aprobación del precio de venta o descuento de los servicios no exclusivos - Versión 01, el cual establece los lineamientos para la determinación y aprobación de los precios de venta de los servicios no exclusivos que comercializa PROMPERÚ, y que no han sido fijados en la Carta de Servicios;

Que, según el literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, corresponde a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de las políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional;

Que, del mismo modo, mediante el Memorando N° 000036-2024-PROMPERÚ/DX-SPC, la Subdirección de Promoción Comercial, solicita la determinación y aprobación del precio de venta para el servicio de participación en la feria internacional IN COSMETICS GLOBAL 2024, para lo cual adjunta la documentación de sustento correspondiente; razón por la cual solicita la determinación y aprobación del precio de venta correspondiente;

Que, la Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, mediante el Memorando N° 000054-2024-PROMPERÚ/DO, solicita realizar el recalculo de precio de venta de la feria internacional TRANOI edición 2024 que fuera aprobada mediante Resolución N° 002-2024-PROMPERÚ/GG;

Que, a través del Memorando N° 000080-2024-PROMPERÚ/GG-OAD, la Oficina de Administración manifiesta su conformidad respecto a los costos estimados por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto como precios de venta para la edición 2024 de las ferias descritas en los considerandos precedentes;

Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe de Vistos, recomienda que se continúe con el trámite correspondiente para la aprobación de los precios de venta correspondientes para las actividades de promoción señaladas en los considerandos anteriores;

Que, a través del documento de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que en virtud de la evaluación efectuada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto corresponde que se emita la resolución correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del ROF de PROMPERÚ, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 042-2023-PROMPERÚ/PE;

Con el visto bueno de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Modificar el artículo 1 de la Resolución N° 002-2024-PROMPERÚ/GG respecto al precio de venta de la feria internacional TRANOI 2024 e incorporar la feria internacional In Cosmetics Global 2024; en consecuencia, aprobar los precios de venta por el derecho de participación en ferias internacionales según el siguiente detalle:

DESCARGAR ANEXO: (.PDF)

Artículo 2.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ realice la publicación correspondiente en el mencionado Portal, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA DEL SOL VELÁSQUEZ GARCÍA
Gerenta General

[El Peruano: 08/02/2024]




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