Ordenanza Regional que declara el 12 de febrero de 1821 como la Fecha de Creación Política del Departamento de Ancash
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2024-GRA/CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH;
POR CUANTO:
En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en Huaraz el día 09 de febrero de 2024, en cumplimiento a la CONVOCATORIA N° 02-2024-SE-GRA-CR/CD, de fecha 06 de febrero de 2024, visto y debatido el DICTAMEN N° 001- 2024-GRA-CR/CO-ECCTyD, emitida por la Comisión Ordinaria de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Deporte del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con lo establecido en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, concordante con los artículos 8°, 9º y 31º de la Ley N° 27783-Ley de Bases de la Descentralización, y con el artículo 2º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y demás normas conexas;
Que, el inciso f) del artículo 9º en concordancia con el artículo 36° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales son competentes de dictar las normas inherentes a la gestión regional, las mismas que deben regirse por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;
Que, según el artículo 38° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se establece que: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia", dispositivo legal concordante con el artículo 5° numeral 5.1.1) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 04-2023-GRA/CR;
Que, encontrándose ya instalado en su Cuartel de Huaura, el General don José de San Martín, con fecha 12 de febrero de 1821, promulga el Reglamento Provisional, estableciendo la demarcación del territorio que en aquél entonces ocupaba el Ejército Libertador del Perú, en departamentos, y la forma de administración que debiera regir hasta que se construya una autoridad central por la voluntad de los pueblos libres, designándose un Presidente en cada uno de los departamentos en germen. Instituyendo la creación del Departamento de Huaylas, conformado por los partidos (provincias) de Huaylas, Cajatambo, Conchucos, Huamalíes y Huánuco, designa como su primer presidente al Gran Mariscal del Perú, don Toribio de Luzuriaga y fijando como residencia (sede) a la ciudad de Huaraz. En dicho contexto, contándose con un registro oficial sobre la fecha de creación del departamento de Ancash, el 12 de febrero de cada año, debe declararse como una fecha conmemorativa de su aniversario;
Que, con fines de precisión histórica, es de recordar que, con fecha 28 de febrero de 1839, el Presidente Provisorio de la República del Perú, General Agustín Gamarra, dicta el Decreto N° 1311, disponiendo que, en adelante, el departamento de Huaylas se denominará departamento de Ancash. Siendo evidente que se trató de una medida que se limitó a cambiarle el nombre a nuestro departamento;
Que, mediante INFORME TÉCNICO N° 050-2023-GRA/GRDS/fmca, de fecha 22 de diciembre de 2023, la Especialista Profesional II de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ancash, concluye emitiendo OPINIÓN FAVORABLE por la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional sobre la fecha de creación del departamento de Ancash;
Que, mediante INFORME TÉCNICO N° 003-2024-GRA/GRPPAT/SGPAT, de fecha 09 de enero de 2024, la Sub Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, concluye que es PROCEDENTE declarar formalmente el día 12 de febrero de cada año, como fecha de aniversario del departamento de Ancash, recomendando por lo mismo la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional que declara el 12 de febrero de cada año como el día de aniversario del departamento de Ancash;
Que, mediante INFORME LEGAL Nº 028-2023-GRA/GRAJ, de fecha 18 de enero de 2023, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal declarando VIABLE el "Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el día 12 de febrero de cada año como el día de Aniversario del Departamento de Ancash" y recomienda elevarlo al Consejo Regional de Ancash para que proceda conforme a sus legales atribuciones;
Que, mediante INFORME N° 03-2024-GRA/GGR, de fecha 25 de enero de 2024, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Ancash, remite los actuados al Despacho de Gobernación Regional de Ancash, a fin de que dentro de sus atribuciones evalúe su remisión al Consejo Regional para su consideración y emisión de la Ordenanza Regional correspondiente que apruebe declarar el día del Aniversario del departamento de Ancash; y en su atención, mediante OFICIO N° 032-024-GRA/GR del 26 de enero de 2024, el Gobernador Regional de Ancash, se dirige al Consejo Regional de Ancash, solicitando la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el día del Aniversario del departamento de Ancash;
Que, la Comisión Ordinaria de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Deporte del Consejo Regional de Ancash, presenta el DICTAMEN N° 001-2024-GRA-CR/CO-ECCTyD, con fecha 06 de Febrero de 2024, en el que proponen un proyecto rectificado de Ordenanza Regional y recomiendan APROBAR la ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA EL 12 DE FEBRERO DE CADA AÑO COMO EL DÍA DEL ANIVERSARIO DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH;
Que, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional realizada en la Sala de Sesiones del Pleno del Consejo Regional de Ancash, el día viernes 09 de febrero del año en curso, en la Estación de ORDEN DEL DIA, el Consejero Delegado da cuenta y dispone la sustentación del DICTAMEN N° 001-2024-GRA-CR/CO-ECCTyD, de fecha 06 de febrero de 2024, por parte del Presidente de la Comisión Ordinaria de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Deporte del periodo 2024; seguidamente, el Consejero Delegado, solicita las intervenciones y el debate correspondiente a los Consejeros Regionales, quienes emiten sus puntos de vista, llegándose a consensuar en la modificación del título y el primer artículo del proyecto de ordenanza. Acto seguido el Consejero Delegado da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada la recomendación (artículos) descrita en el Proyecto de Ordenanza Regional anexo al referido dictamen y teniendo en cuenta las precisiones consensuadas, siendo APROBADA por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
Que, estado a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash, y al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680; Ley N°27783, Ley de Bases del Descentralización; Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Pleno del Consejo Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA EL 12 DE FEBRERO DE 1821 COMO LA FECHA DE CREACIÓN POLÍTICA DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH
Artículo Primero.- DECLARAR, el 12 de febrero de 1821 como la Fecha de Creación Política del Departamento de Ancash, fecha que deberá ser incluida en las efemérides cívicas del Departamento de Ancash, en todo documento de tipo geográfico y/o político, y en el currículo del sistema educativo regional.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Ancash el cumplimiento de la presente Ordenanza, a efectos de institucionalizar la fecha de Aniversario a nivel de todas las instancias y dependencias del Departamento.
Artículo Tercero.- RECOMENDAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Ancash desarrollar una campaña educativa a nivel regional en las Instituciones de Educación Básica, Técnico Productiva y Educación Superior (Institutos y Escuelas) para que los estudiantes y demás actores educativos conozcan el día del Aniversario de Creación Política del Departamento de Ancash, con la finalidad de contribuir al fortalecimiento de la identidad regional y la conciencia histórico cultural de la regional.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Artículo Sexto.- DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta.
Artículo Séptimo.- DEJAR, sin efecto las disposiciones que contravengan la presente Ordenanza Regional.
Comuníquese, al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación.
Dado en Sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los 9 días del mes de febrero del 2024.
HUGO R. MALLQUI MONTAÑEZ
Consejero Delegado
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los 9 de febrero de 2024.
FABIAN KOKI NORIEGA BRITO
Gobernador Regional
[El Peruano: 10/02/2024]
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