R. J. Nº 000190-2023-SIS-J.- Aprueban homologación y actualización de la codificación de los tarifarios de procedimientos denominado: «Anexo 01: Reporte de CPT/ CPMS homologados con la Resolución Ministerial Nº 550-2023-MINSA», y Documento Técnico denominado: «Anexo 02 - Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Seguro Integral de Salud»



R. J. Nº 000190-2023-SIS-J.- Aprueban homologación y actualización de la codificación de los tarifarios de procedimientos denominado: «Anexo 01: Reporte de CPT/ CPMS homologados con la Resolución Ministerial Nº 550-2023-MINSA», y Documento Técnico denominado: «Anexo 02 - Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Seguro Integral de Salud»
SEGURO INTEGRAL DE SALUD

Aprueban homologación y actualización de la codificación de los tarifarios de procedimientos denominado: "Anexo 01: Reporte de CPT/CPMS homologados con la Resolución Ministerial Nº 550-2023-MINSA", y Documento Técnico denominado: "Anexo 02 - Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Seguro Integral de Salud"

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000190-2023-SIS/J


La Victoria, 10 de octubre del 2023

VISTOS: El Memorando N° 002698-2023/GNF, el Informe N° 000015-2023-SIS/GNF, ambos de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Memorando N° 001292-2023-SIS/GREP, el Informe N° 000026-2023-SIS/GREP-CFS, ambos de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones; el Informe N° 000168-2023-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento Presupuesto y Desarrollo; el Informe Legal N° 000702-2023-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA (en adelante, TUO de la Ley N° 29344), establece el marco normativo del Aseguramiento Universal en Salud a fin de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social en salud, así como normar el acceso y las funciones de regulación, financiamiento, prestación y supervisión del aseguramiento;

Que, el artículo 3 del TUO de la Ley N° 29344 dispone que el aseguramiento universal en salud es un proceso orientado a lograr que toda la población residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad, sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS);

Que, en armonía con el artículo 7 del citado TUO de la Ley N° 29344, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, y se constituye como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) de naturaleza pública con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;

Que, el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Salud, calificado como tal mediante Decreto Supremo N° 034-2008- PCM, siendo actualizada dicha calificación mediante Decreto Supremo N° 058-2011- PCM;

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 007-2012-SA dispone que el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS, establecerá un sistema de tarifas y mecanismos de pago en el marco de los convenios, de común acuerdo suscrito con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS o de las normas legales vigentes;

Que, el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA (en adelante, ROF del SIS) señala que la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones es el órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, controlar los procesos sobre estudios de riesgos de salud de la población, así como la calidad, oportunidad y accesibilidad de las prestaciones de salud ofrecidas por el SIS, de acuerdo a los convenios aprobados con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), en base al PEAS que apruebe el Ministerio de Salud;

Que, el artículo 33 del ROF del SIS indica que la Gerencia de Negocios y Financiamiento es el órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir y controlar la gestión de los procesos de negocios (compra-venta) de aseguramiento del SIS, así como, de la gestión financiera de los diferentes seguros que brinde el SIS; estando a cargo de la administración de los procedimientos de la recaudación, inversiones y rentabilidad de los fondos del SIS;

Que, con Resolución Ministerial N° 902-2017/MINSA, se aprueba el Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios (CPMS) del sector salud, relación ordenada de las denominaciones y códigos de las identificaciones estándares de los procedimientos médicos y sanitarios de uso obligatorio en las entidades del sector salud (Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS e Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 017-2019/SIS, se aprueba en Anexo N° 01 el "Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Seguro Integral de Salud" para su aplicación en los nuevos Convenios suscritos para el año 2019;

Que, con Resolución Jefatural N° 099-2019/SIS, se aprueba la incorporación de catorce (14) Procedimientos Médicos y Sanitarios con códigos N° 2703, 2704, 2705, 2706, 2707, 2708, 2709, 2710, 2711, 2712, 2713, 2714, 2715 y 2716, en el Anexo N° 01 de la Resolución Jefatural N° 017-2019/SIS;

Que, a través de Resolución Jefatural N° 147-2020/SIS, se aprueba la incorporación de dos (02) procedimientos con códigos N° D1330 y D1310;

Que, con Resolución Jefatural N° 161-2021/SIS, se aprueba la incorporación del Anexo N° 02 denominado "Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios para el Tercer nivel de Atención" a la Resolución Jefatural N° 017-2019/SIS y sus modificatorias;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 000230-2022-SIS/J, se aprueba la incorporación de veintisiete (27) procedimientos al "Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios para el Tercer nivel de Atención" que consta como Anexo N° 2 incorporado con la Resolución Jefatural N° 161-2021/SIS, a la Resolución Jefatural N° 017-2019/SIS modificada con la Resolución Jefatural N° 099-2019/SIS y Resolución Jefatural N° 147-2020/SIS;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 000094-2023-SIS/J, se aprueba modificar el Anexo N° 2 "Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios para el Tercer nivel de atención" incorporado con la Resolución Jefatural N° 161-2021/SIS a la Resolución Jefatural N° 017-2019/SIS, el mismo que fue modificado con la Resolución Jefatural N° 000230-2022-SIS/J;

Que, con Memorando N° 002698-2023/GNF, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento hace suyo el Informe N° 000015-2023-SIS/GNF-CRB, a través del cual emite opinión técnica favorable a las tarifas propuestas por el Hospital de Emergencias de Villa el Salvador, el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y el Instituto Nacional de Salud del Niño San Borja; así como, para el procedimiento "provisión de anteojos" de salud ocular, estableciendo las tarifas para los procedimientos de cobertura de la IAFAS SIS y IAFAS FISSAL;

Que, mediante Memorando N° 001292-2023-SIS/GREP, la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones hace suyo el Informe N° 000026-2023-SIS/GREP-CFS, a través del cual concluye que, prestacionalmente las estructuras de costos de los procedimientos propuestos por el Hospital de Emergencias de Villa el Salvador cumplen con las disposiciones normativas vigentes, debiéndose considerar su actualización e inclusión al tarifario SIS, respectivamente. Asimismo, señala que evaluó las estructuras de costos de los procedimientos remitidos por el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y del Instituto Nacional de Salud del Niño San Borja, no presentando observaciones a la nomenclatura y la codificación de los mismos y no emitiendo opinión respecto a los parámetros cualitativos y cuantitativos de sus estructuras de costos, toda vez que refieren fueron aprobados por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional en Salud a través de la Resolución Viceministerial N° 051-2022-SA/DVMPAS, Resolución Viceministerial N° 097-2022-SA/DVMPAS, Resolución Viceministerial N° 032-2022-SA/DVMPAS, Resolución Viceministerial N° 054-2022-SA/DVMPAS, Resolución Viceministerial N° 067-2022-SA/DVMPAS, Resolución Viceministerial N° 001-2023-SA/DVMPAS y Resolución Viceministerial N° 017-2023-SA/DVMPAS. Además, considera que el detalle de los insumos del Kit provisión de lentes de la Resolución Ministerial N° 539-2022/MINSA, es adecuado para sus fines;

Que, a través del Informe N° 000168-2023-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinión favorable respecto del sustento emitido por la Gerencia de Negocios y Financiamiento y la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones en relación a la necesidad de homologar, actualizar e incorporar los Procedimientos Médicos y Sanitarios en el SIS, en el marco a la Resolución Ministerial N° 550-2023-MINSA;

Que, en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 030-2014-SA, se faculta al SIS a aprobar las disposiciones administrativas relacionadas a los procesos de afiliación, financiamiento, gestión de riesgos, control prestacional, control financiero, facturación, tarifas, mecanismos, modalidades de pago y desarrollo de planes complementarios, en el marco de la normatividad vigente;

Que, a través de Informe Legal N° 000702-2023-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, así como, la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, considera viable que la Jefatura del SIS, en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, emita la Resolución Jefatural que homologue los códigos del tarifario de procedimientos del SIS con los códigos del CPMS, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 902-2017/MINSA;

Con los vistos del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Gerente de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones; de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General, y,

De conformidad a lo establecido en los numerales 11.5 y 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA y modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Aprobar la homologación y actualización de la codificación de los Tarifarios de Procedimientos denominado: "Anexo 01: Reporte de CPT/CPMS homologados con la Resolución Ministerial Nº 550-2023-MINSA", que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Aprobar el Documento Técnico denominado: "Anexo 02 - Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Seguro Integral de Salud", que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Dejar sin efecto las Resoluciones Jefaturales N° 017-2019/SIS y Nº 161-2021/SIS, así como sus modificatorias.

Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, del Seguro Integral de Salud, la implementación y ejecución de las disposiciones contenidas en la presente Resolución Jefatural.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA
Jefa del Seguro Integral de Salud

[El Peruano: 11/10/2023]



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