Para ello publicó el Decreto Supremo N° 255-2022-EF en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Los recursos transferidos a diversos gobiernos regionales se destinarán a financiar el pago de la Asignación por Tiempo de Servicios (ATS), la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y el Subsidio por Luto y Sepelio (SLS) a favor de los docentes de la Carrera Pública Docente de los Institutos y Escuelas de Educación Superior.
Ello conforme a lo previsto en el literal j) del numeral 47.1 del artículo 47 de la Ley 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación.
Precisa que la oficina de presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
Los recursos de la transferencia de partidas no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, subrayó.
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