Es así que, a través del Decreto Supremo N°108-2022-PCM, publicado hoy en el diario El Peruano, se realiza una modificación en el artículo 4 y se detalla que "en las instituciones educativas el uso de mascarilla es opcional para los estudiantes, debiendo garantizarse la ventilación adecuada, conforme a la normativa vigente. El uso de mascarilla para el personal docente es obligatorio".
En ese sentido, a partir de publicado la norma legal en el diario oficial El Peruano, el uso de la mascarilla en espacios abiertos es opcional, con excepción de personas que presenten síntomas quienes sí deben mantener la mascarilla. En el caso de los lugares cerrados, exceptuando las instituciones educativas, la norma resalta que es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela).
El Ministerio de Salud (Minsa) resalta que para aprobar esta flexibilización se han evaluado distintas variables como que los contagios en los colegios son menores a comparación de espacios como fiestas, reuniones y diferentes eventos. Sin embargo, sí es importante que las aulas cuenten con una ventilación adecuada, pues ello no solo protege del covid-19, sino de otras enfermedades.
Además, el Minsa comenta que esta medida alcanza también a las universidades, las cuales tienen una población vacunada con tercera dosis que supera el 90 %.
Asimismo, a través de este dispositivo legal y por el plazo de treinta y tres (33) días calendario, se prorroga el estado de emergencia nacional a partir del 29 de agosto de 2022, por las graves circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia del covid-19.
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