Trabajadores gozarán de dos días de licencia compensable para someterse a exámenes oncológicos (Ley Nº 31479)



Trabajadores gozarán de dos días de licencia compensable para someterse a exámenes oncológicos (Ley Nº 31479)
GOBIERNO DISPONE QUE LOS TRABAJADORES, SEA DEL SECTOR PÚBLICO O PRIVADO, E INDEPENDIENTEMENTE DE LA NATURALEZA CONTRACTUAL DE SU VÍNCULO LABORAL, TIENEN DERECHO A UNA LICENCIA ANUAL COMPENSABLE, HASTA POR DOS DÍAS HÁBILES, CONSECUTIVOS O NO, PARA SOMETERSE A SUS EXÁMENES PREVENTIVOS ONCOLÓGICOS: Los trabajadores, sin perjuicio de que su empleador sea del sector público o privado e independientemente de la naturaleza contractual de su vínculo laboral, tienen derecho a una licencia anual compensable, hasta por dos días hábiles, consecutivos o no, para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos.

Así lo dispuso la Ley Nº 31479, la cual modifica la Ley 31336, Ley Nacional del Cáncer, incorporando el artículo 12.

¿Cómo se accede a la licencia?

Para acceder a esta licencia, previamente el trabajador debe coordinar con el empleador o autoridad superior, además de presentar la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar. Asimismo, posteriormente debe presentar los documentos que acrediten dicha atención.

Es compensable

La licencia otorgada al trabajador será compensable con horas de trabajo que serán acordadas con el empleador.



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