RES. N° 000106-2021-SERVIR-PE.- Aprueban Cronograma de la Convocatoria Anual 2021 del Programa Piloto de Crédito-Beca



RES. N° 000106-2021-SERVIR-PE.- Aprueban Cronograma de la Convocatoria Anual 2021 del Programa Piloto de Crédito-Beca
AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

Aprueban Cronograma de la Convocatoria Anual 2021 del Programa Piloto de Crédito-Beca

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000106-2021-SERVIR-PE


Lima, 11 de julio de 2021

VISTO: el Memorando N° 000293-2021-SERVIR-GDCRSC e Informe N° 000085-2021-SERVIR-GDCRSC-ACS de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012, en su Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final, creó el Programa Piloto de Crédito-Beca a cargo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, con el objeto de financiar, mediante la modalidad Crédito-Beca los estudios de posgrado de profesionales que prestan servicios en las entidades del Estado bajo cualquier modalidad de contratación y que cuenten con admisión en los mejores programas de posgrado y programas académicos del mundo reconocidos por SERVIR;

Que, con Decreto Supremo Nº 122-2012-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 025-2013-PCM, se aprobaron las disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000094-2021-SERVIR-PE, se aprobó el Texto Único Ordenado del Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito Beca, documento que establece en su artículo 16 que el proceso de otorgamiento de Crédito-Beca tiene previsto tres (3) etapas: (i) Inscripción; (ii) Presentación de documentos y evaluación del postulante y su aval; y, (iii) Formalización del Crédito-Beca;

Que, el literal l) del artículo 11 del mencionado Texto Único Ordenado del Manual Operativo define a los programas de posgrado reconocidos por SERVIR como aquellos que tienen correspondencia con las áreas de estudio financiables por el Programa y son desarrollados por las 500 mejores universidades del mundo según el Ranking QS de universidades a nivel mundial o "QS World University Rankings", cuya relación publica SERVIR anualmente;

Que, los literales e) y f) del artículo 13 del citado Texto Único Ordenado del Manual Operativo, señalan que el Crédito - Beca financia los siguientes conceptos: "e) Gastos de sostenimiento, de acuerdo con el costo de vida promedio estimado en la ciudad en la que va a desarrollar sus estudios de posgrado, aprobados por SERVIR, tomando como referencia el costo de vida establecido por el Centro de Estudios de destino. SERVIR aprobará y publicará los montos máximos de sostenimiento mensual, al inicio de cada convocatoria; así como f) Materiales e implementos de estudio conforme a lo requerido por el Centro de Estudios. SERVIR, a través de la Presidencia Ejecutiva, aprobará y publicará el monto anual máximo a financiar por este concepto al inicio de cada convocatoria";

Que, mediante documentos del Visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil propone el cronograma para la Convocatoria Anual 2021; el listado actualizado de las 500 mejores universidades del mundo, según el Ranking QS 2021 General; y, los montos máximos para la convocatoria 2021 de los gastos de sostenimiento y materiales de estudio, a favor de los prestatarios del Programa Piloto de Crédito - Beca que resulten seleccionados en la presente Convocatoria;

Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, de la Oficina General de Administración y Finanzas, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012 y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 122-2012-PCM que aprueba disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, y modificatoria; el Texto Único Ordenado del Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000094-2021-SERVIR/PE; el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Cronograma de la Convocatoria Anual 2021 del Programa Piloto de Crédito-Beca, que en Anexo 1 forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Aprobar la actualización del listado de las 500 mejores universidades del mundo, según el Ranking QS General, que en Anexo 2 forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- Aprobar los Montos Máximos para la convocatoria 2021 de los gastos de sostenimiento y materiales de estudio, que en Anexo 3 forman parte de la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como la publicación de la presente Resolución y sus Anexos 1, 2 y 3 en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.servir.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JANEYRI ELIZABETH BOYER CARRERA
Presidenta Ejecutiva

[El Peruano: 13/07/2021]






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