Aquellos empleadores que no paguen o depositen hasta el 15 de este mes la gratificación por Fiestas Patrias, pueden ser sancionados con multas diferenciadas que van desde 484 hasta 114,928 soles, por ser considerada una infracción grave, y conforme al régimen laboral de la empresa, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
"Los empleadores deben tener en cuenta que el plazo para efectuar el pago de la gratificación y de la asignación extraordinaria del 9% sobre dicha gratificación, vence el jueves 15 de julio de 2021, por lo que recomendamos a las empresas tomar las precauciones del caso", aseveró el gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala.
Las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por Decreto Supremo 008-2020-TR. Se trata de tres escalas de multas diferenciadas, siendo la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa.
Detalles
Zavala explicó que, para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se debe tomar en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT de 4,400 soles para el 2021.
Las multas para micro y pequeñas empresas (mype), inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
En el siguiente cuadro se detallan las multas mínimas y máximas por no pagar o depositar la gratificación por Fiestas Patrias, según el tipo de empresa.
Comentar esta noticia