La solicitud de autorización, para la creación de una universidad en Ayacucho, fue presentada el 3 de diciembre del 2020 y se encontraba en evaluación desde esa fecha.
Según la normativa vigente, las nuevas universidades deberán esperar un año -contabilizado desde la entrada en vigencia de la ley de moratoria- para presentar sus solicitudes de licenciamiento institucional.
De la misma manera, la Sunedu declaró improcedentes las solicitudes para la autorización de nueve filiales de tres universidades privadas, las cuales habían sido presentadas de febrero a mayo del presente año. En el caso de filiales de universidades privadas, la moratoria tiene una duración de tres años.
La ley de moratoria
El 15 de mayo del 2021 entró en vigencia la Ley 31193, que establece una moratoria de un año para la creación y autorización de funcionamiento de nuevas universidades, tanto públicas como privadas, a excepción de aquellas con licencia denegada.
Asimismo, la norma estableció una moratoria para la creación y funcionamiento de filiales de universidades privadas por un plazo de tres años. Solo pueden solicitar la creación de filiales las universidades públicas licenciadas. En ambos casos, la prohibición incluye a aquellos procedimientos que se encontraban en trámite a la entrada de la vigencia de la Ley 31193.
En el marco de sus funciones, la Sunedu seguirá evaluando las solicitudes de modificación de licencia institucional para la ampliación de la oferta de universidades licenciadas en relación a programas y locales.
En lo que va del año, la Superintendencia ha autorizado la puesta en funcionamiento de un total de 44 programas académicos, así como de tres nuevos locales.
La Sunedu reafirma su total compromiso de procurar servicios educativos de calidad para todos los estudiantes universitarios del país.
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