Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de la Contraloría General de la República
DECRETO SUPREMO Nº 034-2021-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Septuagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 autoriza de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2021, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Contraloría General de la República, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, hasta por la suma de S/ 55 000 000,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), para financiar la contratación de personal vinculado a intervenciones de control gubernamental. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, a solicitud del Titular de la Contraloría General de la República;
Que, mediante Oficio de Nº 000047-2021- CG/DG, complementado mediante Oficio Nº 000003-2021-CG/GMPL, la Contraloría General de la República solicita una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar los gastos que conlleven financiar en el presente año fiscal, la contratación bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, de personal vinculado a intervenciones de control gubernamental; adjuntando, para dicho efecto, las Hojas Informativas de Nºs 000033-CG/PLPREPI, 000066-2021-CG/PLPREPI y 000061-2021-CG/GJN de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones y de la Gerencia Jurídico Normativa del citado Órgano de Control Superior, respectivamente, con los respectivos sustentos;
Que, mediante Memorando Nº 0161-2021-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas señala el costo correspondiente al personal activo del Pliego 019 - Contraloría General, según la información consignada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público;
Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinado a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 46 414 203,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS TRES Y 00/100 SOLES), a favor de la Contraloría General de la República, para financiar los gastos que conlleven a la contratación, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, de personal vinculado a las intervenciones de control gubernamental relacionado a proyectos de inversión de más de cien millones de soles, la emergencia sanitaria producida por la COVID-19 y la reactivación económica;
De conformidad con lo establecido en la Septuagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 46 414 203,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS TRES Y 00/100 SOLES) a favor de la Contraloría General de la República, para financiar los gastos que conlleven a la contratación, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, del personal vinculado a las intervenciones de control gubernamental relacionado a proyectos de inversión de más de cien millones de soles, la emergencia sanitaria producida por la COVID-19 y la reactivación económica, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del sector público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 46 414 203.00
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TOTAL EGRESOS 46 414 203.00
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A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 019 : Contraloría General
UNIDAD EJECUTORA 001 : Contraloría General
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000759 : Fiscalización y Control de la Gestión Pública
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 46 414 203.00
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TOTAL EGRESOS 46 414 203.00
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Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3. Limitación sobre el uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de marzo del año dos mil veintiuno.
FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER
Presidente de la República
WALDO MENDOZA BELLIDO
Ministro de Economía y Finanzas
[El Peruano: 03/03/2021]
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