Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Universidad Nacional de Música
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 349-2020-UNM
Lima, 24 de agosto de 2020.
Visto el Oficio No. 000348-2020-SEVIR-PE, del Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), el Informe Técnico No. 000078-2020-SERVIR-GDSRH, el Informe No. 023-2020-OPER/DGA-UNM de la Oficina de Recursos Humanos de la Universidad Nacional de Música.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 18° de la Constitución Política del Perú de 1993 y el artículo 8° de la Ley No. 30220, Ley Universitaria, cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo, así como económico y se rige por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes;
Que mediante el artículo 1° de la Ley No. 30597 se denominó Universidad Nacional de Música al Conservatorio Nacional de Música, y mediante el artículo 2° de la misma norma se dispuso la adecuación de su estatuto y órganos de gobierno conforme a la Ley No. 30220, Ley Universitaria, la Ley No. 30851 establece medidas para la correcta aplicación de la Ley No. 30597;
Que por mandato de la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley No. 30693, la Universidad Nacional de Música se constituye Pliego Presupuestario, habiéndose incorporado desde mayo de 2018 como Pliego 561 U.N. DE MUSICA;
Que la SUNEDU a través de la Resolución del Consejo Directivo No. 158-2019-SUNEDU/CD, aprobó la Guía para la correcta aplicación del artículo 2° de la Ley No. 30597, respecto de la adecuación del estatuto y órganos de gobierno de la Universidad;
Que mediante la Resolución Viceministerial No. 002-2019-MINEDU de fecha 08 de enero de 2019, se constituye la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música, reconformada mediante la Resolución Viceministerial No. 068-2019-MINEDU de fecha 30 de marzo de 2019;
Que mediante Decreto Supremo No. 146-2019-EF, se autorizó la transferencia de partidas presupuestarias de la Unidad Ejecutora Conservatorio Nacional de Música al Pliego Universidad Nacional de Música;
Que de conformidad con los incisos a) y b) del numeral 6.1.4. del acápite VI de la Resolución Viceministerial No. 088-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", la Presidenta ejerce la representación legal de la Universidad y de la Comisión Organizadora y es responsable de la dirección de la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa como económica y financiera; asimismo el inc. i) del mismo numeral la faculta a emitir resoluciones en los ámbitos de su competencia;
Que mediante Resolución de Comisión Organizadora No. 012-2020-CO-UNM de fecha 13 de febrero de 2020, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Música, determinándose y regulándose el ámbito de competencia, las funciones generales y la estructura orgánica básica de la Universidad Nacional de Música. Asimismo, con Resolución de Comisión Organizadora No. 031-2020-CO-UNM, de fecha 07 de mayo de 2020 se modificó el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Música;
Que con Resolución de Presidencia Ejecutiva No. 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva No. 057-2016-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva No. 002-2015-SERVIR/GDSRH Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro Puestos de la Entidad - CPE", la misma que establece, entre otros aspectos, lineamientos para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional;
Que el numeral 7.5 de la Directiva antes indicada, establece que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley No. 30057; asimismo, señala que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo No. 4 de dicha Directiva;
Que mediante el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva No. 057-2016-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la versión actualizada de la Directiva No. 002-2015-SERVIR-GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE"; que dispone en los numerales 2.3 y 2.4 de su Anexo No. 4 que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional debe considerar el Clasificador de Cargo de la entidad y que los cargos deben estar clasificados en grupos ocupacionales de acuerdo a lo establecido en la Ley No. 28175, Ley Marco del Empleo Público;
Que en cumplimiento al marco normativo antes indicado la Universidad Nacional de Música aprobó mediante Resolución de Presidencia No. 144-2020-UNM, el Clasificador de Cargos, documento de gestión que describe el ordenamiento de los cargos o puestos de trabajo que requiere una entidad acorde con sus funciones, teniendo en cuenta el grado de responsabilidad y complejidad que demandan su desempeño y los requisitos mínimos requeridos. Con Resolución de Presidencia No. 224-2020-UNM, se modificó el Clasificador de Cargos de la Universidad Nacional de Música;
Que los numerales 4.1 y 4.2 del Anexo 4 de la Directiva No. 002-2015-SERVIR-GDSRH, establece que la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada al informe de opinión favorable que emita la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, y su aprobación debe de realizarse por el titular del pliego;
Que mediante Oficio No. 080-2020-PCO-UNM, de fecha 23 de julio de 2020, la Universidad Nacional de Música, solicita a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, emitir opinión favorable respecto a la propuesta del CAP Provisional de la Universidad Nacional Música;
Que con Oficio No. 000348-2020-SERVIR-PE, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, alcanza el Informe Técnico No. 000078-2020-SERVIR/GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, el cual emite la opinión favorable a la propuesta de CAP Provisional de la Universidad Nacional de Música, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo No. 4 de la Directiva No. 002-2015-SERVIR/GDSRH, la cual la Presidencia del SERVIR hace suya;
Que por las consideraciones antes expuestas, resulta procedente aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Universidad Nacional de Música;
Con el visado de la Dirección General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley No. 30220, la Ley No. 30597, la Ley N° 30693, la Ley No. 28175, Ley Marco del Empleo Público, la Ley No. 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo No. 040-2014-PCM, el Decreto Supremo No. 146-2019-EF, Resolución de Presidencia Ejecutiva No. 057-2016-SERVIR-PE que aprueba las modificaciones a la Directiva No. 002-2015-SERVIR-GDSRH, la Resolución Viceministerial No. 068-2019-MINEDU, la Resolución Viceministerial No. 088-2017-MINEDU, la Resolución del Consejo Directivo No. 158-2019-SUNEDU/CD, la Resolución de Comisión Organizadora No. 012-2020-CO-UNM y la Resolución de Presidencia No. 044-2020-UNM con su modificatoria Resolución de Presidencia No. 224-2020-UNM.
SE RESUELVE:
1º APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Universidad Nacional Música, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
2° DISPONER la comunicación de la presente Resolución a las instancias académicas y administrativas de la Universidad Nacional de Música para conocimiento y fines correspondientes.
3° NOTIFICAR la presente Resolución a la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU) del Ministerio de Educación.
4° DISPONER la publicación de la presente Resolución en el portal institucional de la Universidad Nacional de Música (www.unm.edu.pe) y en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese y comuníquese.
LYDIA F. HUNG WONG
Presidenta (e) de la Comisión Organizadora
Universidad Nacional de Música
[El Peruano: 11/02/2021]
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