Modifican la R.M. N° 0451-2019-JUS, que conformó Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para actualizar la Política Nacional de Prevención y Tratamiento del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0311-2020-JUS
Lima, 14 de diciembre de 2020
VISTOS, los Informes Usuarios N° 0167-2020-JUS/DGAC, N° 214-2020-JUS/DGAC y los Oficios N° 399-2020-JUS/DGAC y N° 490-2020-JUS/DGAC, de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; y, el Informe N° 882-2020-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0451-2019-JUS, de fecha 02 de diciembre de 2019, se conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para actualizar la Política Nacional de Prevención y Tratamiento del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal;
Que, el artículo 7 de la acotada Resolución Ministerial estableció el plazo de noventa (90) días hábiles contados desde su instalación, para que dicho Grupo de Trabajo elabore como producto específico la propuesta actualizada de la Política Nacional de Prevención y Tratamiento del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal;
Que, el citado Grupo de Trabajo ha logrado avanzar en la actualización de la Política Nacional, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00047-2018/CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00057-2018/CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía de Políticas Nacionales, siendo necesario realizar nuevas reuniones técnicas de validación con el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 168-2020-PCM, se modifica el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, y se amplía el plazo para culminar la actualización de las Políticas Nacionales hasta el 19 de marzo de 2021;
Que, en ese contexto y a solicitud de la Dirección General de Asuntos Criminológicos, a cargo de la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo antes mencionado, resulta pertinente otorgar una prórroga al plazo concedido en la Resolución Ministerial N° 0451-2019-JUS, para cumplir con las funciones encomendadas;
Que, habiendo vencido el plazo otorgado mediante Resolución Ministerial N° 0451-2019-JUS, con fecha 29 de abril de 2020, corresponde que se otorgue la prórroga con eficacia anticipada de conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el cual señala que la eficacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen las normas de orden público ni afecte a terceros;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la norma antes mencionada, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo, que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Justicia, de la Dirección General de Asuntos Criminológicos y de la Oficina General del Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, y modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificación del artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 0451-2019-JUS
Modificar el artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 0451-2019-JUS, con eficacia anticipada al 29 de abril de 2020, quedando redactado de la siguiente manera:
"Artículo 7.- Instalación y vigencia
El Grupo de Trabajo se instala por convocatoria de su Secretaría Técnica y su vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2020, plazo que puede prorrogarse".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO VEGA LUNA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
[El Peruano: 15/12/2020]
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