R. M. N° 000317-2020-DM/MC.- Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 1 del Pliego 003: Ministerio de Cultura



R. M. N° 000317-2020-DM/MC.- Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 1 del Pliego 003: Ministerio de Cultura
MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 1 del Pliego 003: Ministerio de Cultura

RESOLUCION MINISTERIAL N° 000317-2020-DM/MC


San Borja, 23 de diciembre del 2020

VISTOS; el Memorando N° 000724-2020-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000772-2020-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias, establece que corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, orientado al desarrollo de la planificación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país, y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho, formando parte integrante de dicho sistema los órganos del gobierno nacional, con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico;

Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 547-2019-MC, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos para el Año Fiscal 2020 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, y a través de la Resolución Ministerial N° 552-2019-MC, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2020 del Ministerio de Cultura;

Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modificatorias, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional", la misma que tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;

Que, el numeral 6.3 de la sección 6 de la citada guía establece que si el POI Anual es afectado, la entidad realiza su modificación con intervención de la Comisión de Planeamiento y el apoyo del órgano de planeamiento, previo análisis al seguimiento de la ejecución; asimismo, señala que el POI Anual en ejecución se modifica, entre otros, cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización, b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI;

Que, en ese marco, mediante el Memorando N° 000724-2020-OGPP/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000152-2020-OPL/MC de la Oficina de Planeamiento, el cual contiene la propuesta del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 1 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, la cual recoge la información presentada por la Alta Dirección, Órganos, Direcciones Desconcentradas de Cultura y Unidades Ejecutoras del Ministerio de Cultura respecto de la modificación de sus metas físicas y financieras, de acuerdo a lo establecido en la Guía para el Planeamiento Institucional, para la aprobación mediante resolución ministerial;

Que, atendiendo a lo expuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su condición de órgano encargado de formular y proponer a la Alta Dirección los planes y documentos de gestión organizacional, resulta pertinente aprobar el mencionado documento;

Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y, la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modificatorias, que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 1 del Pliego 003: Ministerio de Cultura


Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 1 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Del cumplimiento

Los Órganos, Direcciones Desconcentradas de Cultura y Unidades Ejecutoras del Ministerio de Cultura, comprendidos en la modificación que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución, dan estricto cumplimiento, bajo responsabilidad, al contenido del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 1 del Pliego 003: Ministerio de Cultura.

Artículo 3.- Del seguimiento y evaluación

La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Planeamiento, efectúa el seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 1 del Pliego 003: Ministerio de Cultura.

Artículo 4.- De la publicación

Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEJANDRO ARTURO NEYRA SANCHEZ
Ministro de Cultura

[El Peruano: 24/12/2020]






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