Disponen la suspensión temporal de Concursos Públicos de Asistente Registral de las Oficinas Registrales de Chachapoyas y Chepen
RESOLUCIÓN DEL GERENTE GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 198-2020-SUNARP/GG
Lima, 16 de diciembre de 2020
VISTOS; los Informes Técnicos N° 212 y N° 215-2020-SUNARP/OGRH, del 15 de diciembre de 2020, respectivamente, de la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° 676-2020-SUNARP/OGAJ, del 16 de diciembre de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 26366 se crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, este último encargado de planificar, organizar, normar, regir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el sistema nacional, así como planificar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades de carácter técnico y administrativo;
Que, mediante Resolución N° 064-2015-SUNARP/SN, se aprobó el Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos, instrumento de gestión a través del cual se regula los aspectos vinculados al acceso de personal para el desempeño de la función registral, acorde con las disposiciones de la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil y del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS;
Que, a través de la Resolución N° 181-2020-SUNARP/GG, del 30 de noviembre de 2020, se autorizó la convocatoria a Concurso Público de Méritos para cubrir, mediante contrato a plazo indeterminado, las plazas CAPP N° 139 de Asistente Registral de la Oficina Registral de Chachapoyas y N° 145 de Asistente Registral de la Oficina Registral de Chota de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo;
Que, con la Resolución N° 182-2020-SUNARP/GG, del 30 de noviembre de 2020, se autorizó la convocatoria a Concurso Público de Méritos para cubrir, mediante contrato a plazo indeterminado, la plaza CAPP N° 123 de Asistente Registral de la Oficina Registral de Chepén, de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Servicio Civil, las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas, es el órgano responsable del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y tienen entre sus funciones, la de formular lineamientos y políticas para el desarrollo del plan de gestión de personas y el óptimo funcionamiento del sistema de gestión de recursos humanos, así como gestionar los perfiles de puestos, entre otros;
Que, en ese contexto, de conformidad con lo dispuesto, en los literales c) y e) del artículo 42 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Sunarp, la Oficina General de Recursos Humanos es la encargada de diseñar, proponer y ejecutar las políticas referidas a la gestión y desarrollo de los recursos humanos en la entidad, dentro de las cuales se encuentra lo referido a la gestión para el acceso al empleo en la entidad;
Que, mediante los Informes Técnicos N° 212 y N° 215-2020-SUNARP/OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos, señala que con Informe Técnico N° 209-2020-SUNARP/OGRH propone la modificación de diversos artículos del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, documento normativo que desarrolla y dicta disposiciones para la ejecución de las fases del concurso público de méritos para los puestos de Registrador Público y Asistente Registral; siendo dicho documento normativo una herramienta a ser empleada en las fases de evaluación de los Concursos Público de Méritos que se convoquen para dicho fin. En ese sentido, a fin de garantizar la igualdad de oportunidades y transparencia que debe prevalecer en un proceso de selección de acceso al empleo público la citada Oficina General propone la suspensión de los Concursos Públicos de Méritos autorizados con las Resoluciones N° 181 y N° 182-2020-SUNARP/GG;
Que, a través del Informe N° 676-2020-SUNARP/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que atendiendo al Informe Técnico N° 209-2020-SUNARP/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos se emitió la Resolución Nº 180-2020-SUNARP/SN del 14 de diciembre de 2020, modificando los artículos 10; 16; 19; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 27; 30; 32 y 33 del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos - Sunarp aprobado por Resolución N° 064-2015-SUNARP/SN; asimismo, se aprobó las Tablas de Evaluación para la calificación de Currículum Vitae de las plazas de Registrador Público y de Asistente Registral de las Zonas Registrales N° I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, X, XI, XII, XIII, XIV; así como, de las plazas de Registrador Público y de Asistente Registral de las Zona Registral N° IX - Sede Lima, establecidas en el citado Reglamento;
Que, en ese sentido, el órgano de asesoramiento concluye que, con la finalidad de observar los principios de transparencia e igualdad de oportunidades en materia de Gestión de Recursos Humanos, tomando en cuenta las modificaciones al Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos - Sunarp y que tienen incidencia directa en el desarrollo de los Concursos Públicos de Méritos autorizados con las Resoluciones N° 181 y N° 182-2020-SUNARP/GG, resulta procedente la propuesta de suspensión formulada por la Oficina General de Recursos Humanos; siendo que, dicha suspensión implica dejar sin efecto el artículo 3 de las Resoluciones antes citadas que aprueban los Anexos 1, 2 y 3 que contienen el Cronograma, Aviso de Convocatoria y Formato de Ficha de Inscripción de los referidos concursos públicos, debiendo la Oficina General de Recursos Humanos proponer, dentro del marco legal correspondiente, los nuevos anexos para la reanudación de los citados concursos públicos;
De conformidad con lo previsto en el literal r) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; con el visado de la Oficina General de Recursos Humanos, y la Oficina General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Suspensión del Concurso Público de Méritos.
Disponer la suspensión temporal de los Concursos Públicos que se detallan a continuación, por las razones expuestas en la presente resolución:
(i) Concurso Público de Méritos para cubrir, mediante contrato a plazo indeterminado, las plazas CAPP N° 139 de Asistente Registral de la Oficina Registral de Chachapoyas y CAPP N° 145 de Asistente Registral de la Oficina Registral de Chota de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo autorizado con Resolución N° 181-2020-SUNARP/GG del 30 de noviembre de 2020.
(ii) Concurso Público de Méritos para cubrir, mediante contrato a plazo indeterminado, la plaza CAPP N° 123 de Asistente Registral de la Oficina Registral de Chepén, de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo autorizado con la Resolución N° 182-2020-SUNARP/GG del 30 de noviembre de 2020.
Artículo 2.- Déjese sin efecto.
Déjese sin efecto el Artículo 3 de las Resoluciones que se detallan a continuación:
(i) Resolución N° 181-2020-SUNARP/GG del 30 de noviembre de 2020, a través del cual se aprobaron los Anexos 1, 2 y 3 que contienen el Cronograma, Aviso de Convocatoria y Formato de Ficha de Inscripción del Concurso Público de Méritos para cubrir, mediante contrato a plazo indeterminado, las plazas CAPP N° 139 de Asistente Registral de la Oficina Registral de Chachapoyas y CAPP N° 145 de Asistente Registral de la Oficina Registral de Chota de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo.
(ii) Resolución N° 182-2020-SUNARP/GG del 30 de noviembre de 2020, a través del cual se aprobaron los Anexos 1, 2 y 3 que contienen el Cronograma, Aviso de Convocatoria y Formato de Ficha de Inscripción del Concurso Público de Méritos para cubrir, mediante contrato a plazo indeterminado, la plaza CAPP N° 123 de Asistente Registral de la Oficina Registral de Chepén, de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo
Artículo 3.- Plazo para la presentación de Anexos.
Disponer que la Oficina General de Recursos Humanos, en un plazo máximo de dos (02) días hábiles de emitida la presente Resolución, elabore los Anexos 1, 2 y 3 que contengan el Cronograma, Aviso de Convocatoria y Formato de Ficha de Inscripción de los Concursos Públicos de Méritos autorizados con las Resoluciones N° 181 y 182-2020-SUNARP/GG.
Artículo 4.- Reanudación del Concurso Público de Méritos.
Disponer que una vez aprobados los Anexos a los que se refiere el artículo 3 de la presente Resolución, se reanude los Concursos Públicos de Méritos autorizados con las Resoluciones N° 181 y 182-2020- SUNARP/GG.
Artículo 5.- Publicación.
La presente Resolución se publica en el Portal Institucional (www.gob.pe/sunarp) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 6.- Vigencia.
La presente Resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS E. CASTILLO SANCHEZ
Gerente General
Sunarp
[El Peruano: 17/12/2020]
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