El juez especializado civil del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, de la Corte de Arequipa, Luis Eduardo Madariaga Condori, declaró fundada la demanda de acción de amparo, interpuesta por el ciudadano Pool Alarcón Barrionuevo en contra de autoridades regionales y nacionales por no haber implementado debidamente los protocolos sanitarios.
Sostuvo que el gobernador regional tiene responsabilidad plena para implementar, capacitar, conducir, supervisar y monitorear las disposiciones del protocolo sanitario por el covid-19, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 193-2020-Minsa; asimismo, le corresponde lograr la efectividad del sistema de salud en toda la región.
La decisión del juez de la causa se sustenta, además, en que se ha comprobado el incumplimiento de la medida cautelar dispuesta por este órgano judicial mediante Resolución 53, del 29 de mayo del 2020, fue confirmada por la Sala Mixta de Emergencia de la Corte de Arequipa el 9 de julio pasado; y se advierte, con medios probatorios, que la cantidad de pruebas para detectar el covid-19 fueron insuficientes.
Reclamos
Asimismo, el fallecimiento de varios médicos que laboraron en diferentes hospitales regionales y que, junto a personal asistencial de salud, formularon reiterados reclamos ante la falta de implementación y distribución de equipos de protección, con lo cual se evidencia el incumplimiento de acciones relacionadas directamente con los protocolos previstos por el Ministerio de Salud en la Resolución 193-2020-Minsa.
La sentencia establece que, una vez quede consentida y ejecutoriada esta decisión, será el vicegobernador regional quien asuma funciones de gobernador y se emita copias certificadas el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para los fines pertinentes. Esta decisión judicial puede ser apelada en el plazo máximo de tres días.
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