R. M. N° 000207-2020-DM/MC.- Otorgan la distinción de «Personalidad Meritoria de la Cultura» a persona natural en reconocimiento a su valioso aporte al desarrollo y el mantenimiento de la técnica tradicional de la sombrerería fina cataquense (Manuel Sacramento Juárez Villegas)



R. M. N° 000207-2020-DM/MC.- Otorgan la distinción de «Personalidad Meritoria de la Cultura» a persona natural en reconocimiento a su valioso aporte al desarrollo y el mantenimiento de la técnica tradicional de la sombrerería fina cataquense (Manuel Sacramento Juárez Villegas)

MINISTERIO DE CULTURA

Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" a persona natural en reconocimiento a su valioso aporte al desarrollo y el mantenimiento de la técnica tradicional de la sombrerería fina cataquense

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000207-2020-DM/MC


San Borja, 31 de julio de 2020

VISTOS; el Informe Nº 000133-2020-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000099-2020-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; el Informe Nº 000326-2020-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000273-2020-DIA/MC de la Dirección de Artes; el Informe Nº 000159-2020-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC (en adelante ROF), el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 51 del ROF señala que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país;

Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 55 del ROF la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene entre sus funciones emitir opinión técnica y recomendación en materia de su competencia, tales como, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, mediante el Informe Nº 000133-2020-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural y el Informe Nº 000099-2020-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se recomendó reconocer al señor Manuel Sacramento Juárez Villegas como "Personalidad Meritoria de la Cultura", en mérito a su valioso aporte al desarrollo y el mantenimiento de la técnica tradicional de la sombrerería fina cataquense y por su contribución a la memoria histórica colectiva del Centro Poblado de Narihualá;

Que, mediante el Informe Nº 000326-2020-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes traslada el Informe Nº 000273-2020-DIA/MC de la Dirección de Artes en la que se señala que el señor Manuel Sacramento Juárez Villegas es merecedor del reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" gracias a su valioso aporte al desarrollo y el mantenimiento de la técnica tradicional de la sombrerería fina cataquense y por su contribución a la memoria histórica colectiva del Centro Poblado de Narihualá;

Que, con Informe Nº 000159-2020-OGAJ/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta viable otorgar el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Manuel Sacramento Juárez Villegas;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva Nº 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Manuel Sacramento Juárez Villegas en reconocimiento a a su valioso aporte al desarrollo y el mantenimiento de la técnica tradicional de la sombrerería fina cataquense y por su contribución a la memoria histórica colectiva del Centro Poblado de Narihualá.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEJANDRO ARTURO NEYRA SANCHEZ
Ministro de Cultura

[El Peruano: 02/08/2020]





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