LOS VIAJES ESTÁN PERMITIDOS, EXCEPTO A 79 PROVINCIAS DE 19 REGIONES DONDE SE RIGE LA CUARENTENA FOCALIZADA: ¡Atención viajeros! Antes de abordar un vehículo de transporte interprovincial debes acatar el protocolo sanitario establecido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en el que destaca el uso obligatorio del protector facial y la mascarilla como implementos claves para reducir el riesgo de contagio del covid-19.
El protocolo sanitario de transporte terrestre de ámbito nacional y regional para el reinicio de las operaciones, elaborado en coordinación con el Ministerio de Salud (Minsa), es obligatorio para evitar focos de contagios en las unidades y así garantizar la salud de los viajeros.
Según dicho protocolo, los viajeros no deben utilizar mantas, cabezales de asientos ni cojines en su asiento durante el viaje.
Asimismo, el transportista está facultado a utilizar el 100 % de los asientos, siempre y cuando se implemente una separación física, como una cortina hecha de polietileno u otro material análogo que contribuya al aislamiento entre los pasajeros. De lo contrario, solo se pueden emplear los sitios que se encuentren contiguos a la ventana. Ojo: ¡No está permitido viajar de pie!
Solo deben acudir al terminal de transporte terrestre las personas que van a viajar. Los pasajeros también deben presentar una declaración jurada de salud para poder abordar los buses de transporte, en la que aseguren no presentar síntomas de covid-19.
Otras obligaciones que deben cumplir los transportistas son limpiar y desinfectar las unidades vehiculares, antes y después de la jornada. Controlar la temperatura a los usuarios antes de emprender el viaje también es una prioridad. En caso que el usuario presente fiebre mayor de 38 grados o dificultad para respirar, no podrá viajar. Esta condición debe ser informada al usuario al momento de comprar su boleto, precisa el protocolo.
En caso el pasajero presente síntomas de coronavirus durante el trayecto, la tripulación indicará al usuario el lugar dentro del bus donde permanecerá hasta llegar al destino final. Para ello, el operador de transporte debe destinar, antes de emprender el viaje, un espacio para aislar a las personas que durante el servicio presenten síntomas de covid-19.
Hasta el 31 de agosto están prohibidos los viajes interprovinciales terrestres y aéreos en 79 provincias de 19 regiones, debido al incremento de casos de contagios por covid-19.
De acuerdo al Decreto Supremo Nº 139-2020-PCM, que modifica el Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida del país a consecuencia del covid-19, las provincias en las que no operan los viajes terrestres y áereos son:
Amazonas: Bagua, Condorcanqui y Utcubamba
Áncash: Santa, Casma y Huaraz
Apurímac: Abancay y Andahuaylas
Ayacucho: Huamanga y Huanta
Cajamarca: Cajamarca, Jaén y San Ignacio
Cusco: Anta, Canchis, Cusco, Espinar, La Convención y Quispicanchis
Huancavelica: Angaraes, Huancavelica y Tayacaja
La Libertad: Ascope, Chepén, Pacasmayo y Virú
Lima: Barranca, Cañete, Huaura, Huaral
Moquegua: Ilo y Mariscal Nieto
Pasco: Pasco
Puno: Puno y San Román
Tacna: Tacna
Estas localidades se suman a todas las provincias de las regiones Arequipa, Huánuco, Ica, Junín, San Martín, que ya venían acatando una cuarentena focalizada en todas sus provincias, y a la que se sumó Madre de Dios en su integridad, con lo cual totalizan 79 las provincias comprendidas en la prohibición de viajes terrestres y aéreos interprovinciales.
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