INDECOPI INFORMA SOBRE MECANISMO PARA PRESENTAR QUEJA: El último lunes 20 Indecopi ordenó una medida cautelar contra 13 empresas de comercio electrónico con el fin de que entreguen el producto o devuelvan el dinero, con intereses, a las personas que hicieron una compra en sus páginas web y no recibieron el bien.
Cabe indicar que estas 13 empresas no entregaron el producto comprado a través del comercio electrónico durante el Estado de Emergencia por el Aislamiento Social Obligatorio, pero no reprogramaron la entrega pese a las autorizaciones dadas en las fases de reanudación de actividades económicas.
Al respecto, la secretaria técnica de la Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi, Ángela Sevilla, explicó que las personas que hayan efectuado una compra virtual y no recibieron el producto, y no hayan realizado reclamo alguno, pueden hacerlo ahora.
- "Las personas pueden hacer su reclamo en cualquier momento, así haya comprado su producto al inicio de la cuarentena. No necesariamente hay un plazo establecido para presentar un reclamo", afirmó a la Agencia Andina.
- Señaló que todas las empresas que venden sus productos a través de canales virtuales tienen la obligación de tener habilitado el libro de reclamaciones virtual. "Las empresas estás obligadas a responder el contenido que ingresan a estos libros de reclamaciones", subrayó.
- De otro lado, indicó que el comprador afectado también puede presentar su reclamo a través de su correo electrónico (sacreclamo@indecopi.gob.pe) o las líneas telefónicas (224 7777 en Lima y 0800-4-4040 para provincias).
Medida cautelar
La medida cautelar de Indecopi establece que las 13 empresas de comercio electrónico involucradas tienen como plazo 10 días calendario para que entreguen productos, lo cambien por uno de similares características o devuelvan el dinero (más los intereses legales) a los consumidores afectados por los incumplimientos.
La medida cautelar incluye a los consumidores afectados que adquirieron productos de las referidas empresas, cuya fecha de entrega se encuentre vencida al 19 de julio de 2020.
Adicionalmente, se ordenó a estas empresas que, durante el mismo plazo, deberán publicar a través de su página web y redes sociales la orden contenida en esta medida cautelar, a fin de que todos los consumidores afectados puedan conocer el presente mandato.
Asimismo, las empresas cuentan con un plazo máximo e improrrogable de cinco días calendario, contados a partir del día siguiente de vencido el plazo de 10 días calendario anteriormente señalado, para remitir a la CC3 un padrón que individualice e identifique a cada uno de los consumidores que se vieron afectados con esta conducta.
Las 13 empresas que habrían vulnerado las expectativas de los consumidores son:
Saga Falabella S.A. (Saga Falabella)
Tiendas del Mejoramiento del Hogar (Sodimac)
Homecenters Peruanos S.A. (Promart)
Supermercados Peruanos S.A. (Plaza Vea)
Conecta Retail Perú S.A. (Efe / Curacao)
América Móvil Perú S.A.C. (Claro)
Cencosud Retail Perú S.A. (Cencosud)
Rash Perú S.A.C. (Coolbox)
Entel Perú S.A. (Entel)
Hipermercados Tottus S.A. (Tottus)
Importaciones Hiraoka S.A. (Hiraoka)
Tiendas Peruanas S.A. (Oechsle)
Tiendas por Departamento Ripley S.A. (Ripley)
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