R. M. Nº 170-2020-EF/15.- Prorrogan plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15



R. M. Nº 170-2020-EF/15.- Prorrogan plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Prorrogan plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 170-2020-EF/15


Lima, 10 de junio del 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15, se conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de formular la estrategia con las medidas para la reanudación progresiva de actividades económicas en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA y del Estado de Emergencia Nacional dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 044- 2020-PCM, y sus prórrogas;

Que, el artículo 8 de la citada Resolución Ministerial establece que el Grupo de Trabajo tiene una vigencia de treinta (30) días hábiles contados a partir de su instalación;

Que, conforme al acuerdo adoptado en la sesión del Grupo de Trabajo del día martes 9 de junio de 2020, la Secretaría Técnica del mencionado Grupo de Trabajo y por encargo del mismo, solicita la prórroga de su vigencia por treinta (30) días hábiles, que a efectos de culminar las tareas asignadas al citado Grupo;

Que, en ese sentido, se estima conveniente prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15, por treinta (30) días hábiles;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;

SE RESUELVE:

Artículo 1.
Prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 144-2020-EF/15, por treinta (30) días hábiles.

Artículo 2.
Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la Plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en los portales institucionales de los ministerios que integran el Grupo de Trabajo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas

[El Peruano: 11/06/2020]





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