Aprueban la desagregación de los recursos autorizados mediante el D.S. N° 140-2020-EF, en el Presupuesto Institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa, para el Año Fiscal 2020
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0334-2020-DE/SG
Lima, 15 de junio del 2020
VISTOS:
El Informe N° 187-2020-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal N° 585-2020-MINDEF/SG-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y, en dicho marco, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1947-2019-DE/SG, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2020 del Pliego 026 Ministerio de Defensa;
Que, el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final del precitado Decreto de Urgencia autoriza, durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, la mencionada disposición legal, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que han sido referidas, se aprueban mediante decreto supremo a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, y precisa que dichos recursos se destinan únicamente para financiar las transferencias financieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial - CPMP, las mismas que se aprueban mediante resolución del titular, del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, según corresponda, y se publican en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante Decreto Supremo N° 140-2020-EF, publicado el 11 de junio de 2020, se autorizó la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por el importe de S/ 98 643 764,00 (Noventa y ocho millones seiscientos cuarenta y tres mil setecientos sesenta y cuatro y 00/100 Soles), destinados a financiar el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial;
Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo, establece que el Titular del pliego habilitado en dicha Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de su vigencia; asimismo, su artículo 3, prescribe que el Pliego 026 Ministerio de Defensa, no podrá destinar, bajo responsabilidad, los recursos de la Transferencia de Partidas para fines distintos para los cuales son transferidos;
Que, mediante el Informe N° 187-2020-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, sustenta y propone la desagregación de los recursos transferidos al Pliego 026: Ministerio de Defensa a favor de la Unidad Ejecutora 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas, así como la respectiva autorización a dicha Unidad Ejecutora para realizar la transferencia financiera correspondiente a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial para el pago de obligaciones previsionales;
Que, en este sentido, corresponde emitir el acto resolutivo que disponga la desagregación de los recursos asignados al Pliego 026 Ministerio de Defensa, a favor de la Unidad Ejecutora 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas, y autorizar la respectiva transferencia financiera a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria y el Decreto Supremo N° 140-2020-EF, que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor del Pliego Ministerio de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Desagregación de recursos
Apruébase la desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo N° 140-2020-EF, en el Presupuesto Institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa, para el Año Fiscal 2020, hasta por el importe de S/ 98 643 764,00 (Noventa y ocho millones seiscientos cuarenta y tres mil setecientos sesenta y cuatro y 00/100 Soles), de acuerdo al siguiente detalle:
A LA En Soles S/
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 26 : Ministerio de Defensa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
UNIDAD EJECUTORA 009 : Oficina Previsional de las Fuerzas
Armadas
CATEGORIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias
qsue no Resultan en Productos
PRODUCTO 3999999 : Sin Producto
ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales
GASTO CORRIENTE
2.5 Otros Gastos 98 643 764,00
---------------------
Subtotal UE 009 Oficina Previsional de las
Fuerzas Armadas 98 643 764,00
---------------------
TOTAL PLIEGO 026 98 643 764,00
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto instruye a la Unidad Ejecutora 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria", que se requieren como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Autorización de Transferencia Financiera de recursos
Autorícese a la Unidad Ejecutora 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa, a realizar en el año fiscal 2020, la transferencia financiera de recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) por el importe de S/ 98 643 764,00 (Noventa y ocho millones seiscientos cuarenta y tres mil setecientos sesenta y cuatro y 00/100 Soles), con cargo a su presupuesto institucional modificado, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.5 Otros Gastos, para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de obligaciones previsionales.
Artículo 4.- Presentación de la Resolución
Remítase copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, a la Unidad Ejecutora 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa; al Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, a la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, a la Dirección General de Administración y al Órgano de Control Institucional del Ministerio de Defensa.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER MARTOS RUIZ
Ministro de Defensa
[El Peruano: 15/06/2020]
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