R. M. N° 159-2020-MINEDU.- Modifican el artículo 1 de la R. M. N° 016-2020-MINEDU, respecto al responsable de la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior



R. M. N° 159-2020-MINEDU.- Modifican el artículo 1 de la R. M. N° 016-2020-MINEDU, respecto al responsable de la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Modifican el artículo 1 de la R. M. N° 016-2020-MINEDU, respecto al responsable de la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 159-2020-MINEDU


Lima, 31 de marzo de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019 se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2020;

Que, por Resolución Ministerial Nº 640-2019-MINEDU se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por Categoría de Gasto, así como la Estructura Programática y la Estructura Funcional correspondiente al Año Fiscal 2020;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público se regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público, integrante de la Administración Financiera del Sector Público, que es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que conducen el proceso presupuestario de las Entidades Públicas;

Que, conforme a los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, se precisa que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, siendo responsable entre otros, de efectuar la gestión presupuestaria, en las fases de programación multianual, formulación, aprobación, ejecución y evaluación, y el control del gasto, de conformidad con dicho Decreto Legislativo, las Leyes de Presupuesto del Sector Público y las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, en el marco de los principios de legalidad y presunción de veracidad;

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1440, la Unidad Ejecutora en el Sistema Nacional de Presupuesto Público es el nivel descentralizado u operativo de los Pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, que administra los ingresos y gastos públicos y se vincula e interactúa con la Oficina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces. La Unidad Ejecutora puede realizar lo siguiente: i) Determinar y recaudar ingresos; ii) Participar de las fases de la gestión presupuestaria en el marco de la normatividad aplicable; iii) Registrar la información generada por las acciones y operaciones realizadas; iv) Informar sobre el avance y/o cumplimiento de metas; v) Organizar los centros de costos con el propósito de lograr la eficiencia técnica en la producción y entrega de los servicios al ciudadano;

Que, los Responsables de las Unidades Ejecutoras deberán velar, en el ámbito de sus competencias, por la correcta aplicación de las normas que rigen la gestión del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para el logro de los objetivos estratégicos institucionales y el Presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación correspondiente al Año Fiscal 2020;

Que, el numeral 3.1.3 del Manual de Operaciones del Programa para la Mejora de la Calidad y Pertinencia de los Servicios de Educación Superior Universitaria y Tecnológica a Nivel Nacional, aprobado mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 050-2019-MINEDU, establece que la Dirección Ejecutiva asume la coordinación y administración del programa, estará a cargo del Responsable de la Unidad Ejecutora del Programa para la Mejora de la Calidad y Pertinencia de los Servicios de Educación Superior Universitaria y Tecnológica a Nivel Nacional;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 016-2020-MINEDU, se designa a los Responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2020, entre ellos, a la señora MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI, como responsable de la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior;

Que, mediante Carta de fecha 21 de febrero de 2020, la señora MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI presenta su renuncia como Responsable de la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior, y al cargo de Directora Ejecutiva del Programa para la Mejora de la Calidad y Pertinencia de los Servicios de Educación Superior Universitaria y Tecnológica a Nivel Nacional; renuncia que ha sido aceptada por el Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la cual traslada a la Secretaría General a efectos que se emita la resolución ministerial que designa al nuevo responsable de la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior;

Que, mediante Informe N° 00461-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto considera técnicamente factible la modificación del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 016-2020-MINEDU, en cuanto al Responsable de la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior correspondiente al Año Fiscal 2020, recayendo la responsabilidad en el Director Ejecutivo del Programa para la Mejora de la Calidad y Pertinencia de los Servicios de Educación Superior Universitaria y Tecnológica a Nivel Nacional;

Que, por lo expuesto, resulta necesario modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 016-2020-MINEDU, a fin de designar al Responsable de la Unidad Ejecutora 118 correspondiente al Año Fiscal 2020;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 016-2020-MINEDU, en cuanto al Responsable de la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior, conforme al siguiente texto:

"Artículo 1.- Designar a los Responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2020, conforme se indica a continuación:

UNIDAD EJECUTORANOMBRE DE UNIDAD EJECUTORARESPONSABLE DE UNIDAD EJECUTORA
(...)(...)(...)
118Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y SuperiorSr. ALEJANDRO AFUSO HIGA
(...)(...)(...)

Artículo 2.- Señalar que de conformidad con lo establecido en el numeral 3.1.3 del Manual de Operaciones del Programa para la Mejora de la Calidad y Pertinencia de los Servicios de Educación Superior Universitaria y Tecnológica a Nivel Nacional, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 050-2019-MINEDU, la Dirección Ejecutiva del citado Programa se encuentra a cargo del Responsable de la Unidad Ejecutora del Programa en mención.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO
Ministro de Educación

[El Peruano: 01/04/2020]





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