CRONOGRAMA AFP: Conoce las fechas para el retiro de S/ 2,000 del fondo de pensiones (CIRCULAR Nº AFP-173-2020)



CRONOGRAMA AFP: Conoce las fechas para el retiro de S/ 2,000 del fondo de pensiones (CIRCULAR Nº AFP-173-2020)

Ante las nuevas medidas aprobadas por el Poder Ejecutivo, relacionadas al Sistema Privado de Pensiones (SPP), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el procedimiento operativo para que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) atiendan a los afiliados de acuerdo al cronograma que se adjunta a continuación.

Indicó que el 14 de abril último se publicó el Decreto de Urgencia N° 038-2020 que estableció recientes medidas complementarias para mitigar los efectos económicos ante el Covid-19, disponiendo que los afiliados al SPP puedan acceder, por única vez, al retiro extraordinario de hasta S/ 2,000 de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC), previo cumplimiento de determinados requisitos y condiciones.

En cumplimiento de lo establecido en dicho DU, la SBS, mediante Circular N° AFP-173-2020 publicada en el Diario Oficial El Peruao, se ha aprobado el procedimiento operativo para que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) atiendan a los afiliados de acuerdo al siguiente cronograma:

CRONOGRAMA

-Grupo de beneficiados

Afiliados que no cuenten con la acreditación del aporte obligatorio correspondiente al período de febrero de 2020

Solicitud

Del 20 de abril al 4 de mayo de 2020

Forma de pago

1 sola armada

-Grupo de beneficiados

Afiliados que no cuenten con la acreditación del aporte obligatorio correspondiente al período de marzo de 2020

Solicitud

Del 6 de mayo al 19 de mayo de 2020

Forma de pago

1 sola armada

-Grupo de beneficiados

Afiliados cuya última remuneración declarada o la suma de estas, percibidas en el período de febrero de 2020 sea menor o igual a S/2,400

Solicitud

Del 21 de mayo al 3 de junio de 2020

Forma de pago

Dos armadas de S/ 1,000 el primer mes y la diferencia en el mes siguiente

-Grupo de beneficiados

Afiliados cuya última remuneración declarada o la suma de estas, percibidas en el período de marzo de 2020 sea menor o igual a S/2,400

Solicitud

Del 5 de junio al 18 de junio de 2020.

Forma de pago

Dos armadas de S/ 1,000 el primer mes y la diferencia en el mes siguiente

-Grupo de beneficiados

Afiliados cuya empresa donde labora se encuentra en situación de suspensión perfecta de labores

Solicitud

A partir del 30 de abril en adelante (*)

Forma de pago

1 sola armada

(*) Las AFP o el gremio que las representa deben verificar previamente la información con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

El comunicado señala que los afiliados pueden ingresar su solicitud de retiro extraordinario bajo los canales y formatos que habiliten las AFP, las que deben efectuar el desembolso del monto solicitado dentro de los seis (6) días hábiles siguientes de presentada la solicitud.

Las AFP establecen los mecanismos para garantizar la disponibilidad de los canales de atención de las solicitudes de los afiliados, dadas las condiciones de la emergencia nacional sanitaria, anotó.

El afiliado solo podrá acogerse a uno de los beneficios a través de uno de los grupos de beneficiados señalados en el presente procedimiento operativo.






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