R. M. Nº 114-2020/MINSA.- Aprueban desagregación de los recursos correspondientes a la Transferencia de Partidas aprobada mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del D.S. 057-2020-EF



R. M. Nº 114-2020/MINSA.- Aprueban desagregación de los recursos correspondientes a la Transferencia de Partidas aprobada mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del D.S. 057-2020-EF

MINISTERIO DE SALUD

Aprueban desagregación de los recursos correspondientes a la Transferencia de Partidas aprobada mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del D.S. 057-2020-EF

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2020/MINSA


Lima, 26 de marzo del 2020

Visto, el Expediente N° 20-030525-001, que contiene el Informe N° 157-2020-OP-OGPPM/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y la Nota Informativa N° 216-2020-OGAJ/MINSA, emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se expidió la Resolución Ministerial N° 1168-2019/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2019, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 011: Ministerio de Salud;

Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de Ia Directiva N° 011-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01, dispone que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional establecidas en el numeral 46.1 del artículo 46 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, se tramitan a través del Ministerio de Economía y Finanzas. En el caso de los dispositivos legales que facultan la desagregación del presupuesto a los pliegos se utiliza el Modelo Nº 07/GN, contenido en la citada Directiva;

Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 057-2020-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 628 147 738,00 (SEISCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC a favor de cinco (05) pliegos del Gobierno Nacional, de seis (06) Gobiernos Regionales y de ciento veintinueve (129) Gobiernos Locales, para financiar trescientos diecinueve (319) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES); conforme al detalle del Anexo Nº 1: "Transferencia de Partidas a favor de pliegos del Gobierno Nacional, de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales - Recursos Ordinarios", que forma parte integrante del referido Decreto Supremo, al Pliego 011: Ministerio de Salud le corresponde una transferencia por un monto de S/ 1 053 128,00 (UN MILLÓN CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES);

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 057-2020-EF, establece que el Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de su vigencia;

Que, mediante Informe N° 157-2020-OP-OGPPM/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica sustentando la necesidad de emitir la Resolución Ministerial que apruebe la desagregación de los recursos correspondientes a la Transferencia de Partidas autorizada por el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 057-2020-EF, en lo que corresponde al Pliego 011: Ministerio de Salud;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y,

De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 057-2020-EF; la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por Ley N° 30895;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Desagregación de recursos

Apruébese la desagregación de los recursos correspondientes a la Transferencia de Partidas aprobada mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 057-2020-EF, por un monto de S/ 1 053 128,00 (UN MILLÓN CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:

EGRESOS En Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 011 : Ministerio de Salud
UNIDAD EJECUTORA 125 : Programa Nacional de Inversiones en Salud
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos
PROYECTO 2089754 : Expedientes Técnicos, Estudios de Pre-Inversión y otros Estudios - Plan Integral para la econstrucción con Cambios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 053 128,00
------------------
TOTAL EGRESOS 1 053 128,00
==========

Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria

La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, instruye a la Unidad Ejecutora 125: Programa Nacional de Inversiones en Salud, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria", que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3.- Remisión

Copia de la presente Resolución se remite a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Regístrese y comuníquese.

VÍCTOR ZAMORA MESÍA
Ministro de Salud

[El Peruano: 27/03/2020]





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