Modifican el Cronograma del Proceso de Nombramiento autorizado por la Ley N° 30957
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1088-2019/MINSA
Lima, 28 de noviembre del 2019
VISTO, el Expediente N° 19-141517-001, que contiene la Nota Informativa N° 727-2019-OGGRH/MINSA y el Informe Nº 834-2019-EPP-OARH-OGGRH/MINSA;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30957, se autorizó el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS), que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153 tuvieron vínculo laboral, cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento, no fueron incluidos en los procesos de nombramiento correspondientes a los años 2014 al 2018 y fueron identificados en el marco de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2018;
Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2019-SA se aprobó el Reglamento de la Ley N° 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2018;
Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo establece que el Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial, aprueba el cronograma del proceso de nombramiento autorizado por la Ley N° 30957;
Que, con las Resoluciones Ministeriales Nos. 1031-2019/MINSA y 1070-2019/MINSA, se aprueba y modifica el "Cronograma del Proceso de Nombramiento autorizado por la Ley N° 30957", respectivamente;
Que, mediante documento de Visto, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos informa que se ha tomado conocimiento de las solicitudes efectuadas por parte de las Unidades Ejecutoras a nivel nacional, solicitando la ampliación de los plazos previstos en el citado Cronograma, a fin de poder llevar a cabo la absolución de los recursos impugnativos, con la debida probidad y el análisis de los casos concretos, por lo que dicha Oficina General considera adecuado modificar el Cronograma en mención, a efectos de garantizar la seguridad jurídica del proceso de nombramiento ejecutado a nivel nacional, lo cual permitirá cumplir eficientemente con dicho proceso en el presente ejercicio fiscal;
Que, por lo expuesto se estima pertinente aprobar la modificación propuesta al "Cronograma del Proceso de Nombramiento autorizado por la Ley N° 30957";
Que, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión;
Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Decreto Supremo N° 008-2017-SA y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; la Ley N° 30957 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2019-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del Cronograma
Modificar, con eficacia anticipada al 27 de noviembre de 2019, el "Cronograma del Proceso de Nombramiento autorizado por la Ley N° 30957", aprobado con Resolución Ministerial N° 1031-2019/MINSA, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Publicación
Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y el anexo a que se refiere el artículo precedente, en el portal institucional del Ministerio de Salud, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA
Ministra de Salud
[El Peruano: 30/11/2019]
Comentar esta noticia