ORDENANZA REGIONAL Nº 433-2018-G.R.P/CR.- Crean la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL Puerto Bermúdez cuya jurisdicción abarca el distrito de Puerto Bermúdez, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco



ORDENANZA REGIONAL Nº 433-2018-G.R.P/CR.- Crean la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL Puerto Bermúdez cuya jurisdicción abarca el distrito de Puerto Bermúdez, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO

Crean la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL Puerto Bermúdez cuya jurisdicción abarca el distrito de Puerto Bermúdez, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco

ORDENANZA REGIONAL Nº 433-2018-G.R.P/CR


Cerro de Pasco, 28 de diciembre del 2018.

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollado el día veintisiete de diciembre de dos mil dieciocho, el Pleno del Consejo ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, concordantes con el artículo 2º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud y medio ambiente, conforme a ley;

Que, asimismo, el artículo 8º de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización establece que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, el artículo 47º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, en materia de educación, corresponde al Gobierno Regional promover, regular, incentivar y supervisar los servicios referidos a la educación inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, en coordinación con el Gobierno Local y en armonía con la política y normas del sector correspondiente y las necesidades de cobertura y niveles de enseñanza de la población. Asimismo, el Gobierno Regional moderniza los sistemas descentralizados de gestión educativa y propicia la formación de redes de instituciones educativas, en coordinación con el Ministerio de Educación;

Que, conforme al artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, a través de Ordenanzas Regionales;

Que, por parte, el artículo 73º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, define a la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL), como una instancia de ejecución descentralizada que forma parte del Gobierno Regional, por lo que integra su estructura organizacional. Por lo tanto, corresponde que las acciones vinculadas a la creación de una UGEL se aprueben a través de una Ordenanza Regional, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo precitado a los criterios aplicables para modificar la jurisdicción territorial de una instancia de esta naturaleza;

Que, conforme al artículo 141º del reglamento de la Ley General de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, establece que la creación, funcionamiento, fusión o supresión de una UGEL es autorizada por el Gobierno Regional, para lo cual debe contarse con la opinión del Ministerio de Educación;

Que, mediante Oficio Nº 1346-2017-GPR/GOB, de fecha 29 de diciembre del 2017, el Gobernador Regional de Pasco, remitió al Ministerio de Educación el expediente técnico que propone la creación de la Unidad de Gestión Educativa Local UGEL de Puerto Bermúdez, en el Marco de la norma técnica aprobada por Resolución Viceministerial Nº 047-2015-MINEDU;

Que, a través del Oficio Nº 010-2018-MINEDU/VMGI, el Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación ha remitido al Gobernador Regional el INFORME Nº 011-2018-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DAGED del Director General de Gestión Descentralizada, que contiene la opinión favorable al expediente técnico antes señalado;

Que, mediante OFICIO Nº 0669-2018-GRP/CR, se le deriva a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el OFICIO Nº 1481-18-GRP-GGR-GRDS/DRECCTD PASCO del Director Regional de Educación, con el que solicita la creación de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) de Puerto Bermúdez mediante Ordenanza Regional, sustentado en el INFORFME LEGAL Nº 073-2018-DREP/DOAJ, para su análisis, evaluación y determinación correspondiente;

Que, contando con el DICTAMEN Nº 003-2018-CPPAT-CR-G.R.PASCO de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, quienes luego de revisado los antecedentes técnicos y normativos, sustentados en el INFORME Nº 034-2018-G.R.P/CR-CRSO opinan favorablemente y RECOMIENDAN al Pleno del Consejo Regional la aprobación mediante ordenanza regional la CREACIÓN de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) de Puerto Bermúdez - Provincia de Oxapampa - Región Pasco;

Que, en tal virtud, corresponde emitir la Ordenanza Regional que autoriza la creación de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) de Puerto Bermúdez, en el marco de lo establecido por la Norma Técnica que regula la creación de las Unidades de Gestión Educativa Local en el ámbito Nacional, así como la inscripción en el Registro Nacional de Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y de Unidades de Gestión Educativa Local - RENDUGEL, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 047-2015-MINEDU;

Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores y de conformidad con la Constitución Política del Estado, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el artículo 37º inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, así como la Ley Nº 18044 Ley General de Educación y en estricto cumplimiento a las normas vigentes ha emitido la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:

Artículo Primero.- CREAR, la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL Puerto Bermúdez cuya jurisdicción abarca el distrito de Puerto Bermúdez, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, la sede de la UGEL Puerto Bermúdez, se establecerá en la localidad de Puerto Bermúdez.

El ámbito jurisdiccional de la UGEL Puerto Bermúdez se encuentra delimitada por el Mapa que como Anexo Nº 1, forma parte de la presente ordenanza.

La UGEL Puerto Bermúdez comprende a las instituciones educativas cuya relación se adjunta como Anexo Nº 02, forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación Pasco, para que en el plazo máximo de 60 días contados a partir de la fecha de publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, apruebe o actualice los instrumentos de gestión, según corresponda:

Artículo Tercero.- FACULTAR a la Dirección Regional de Educación - DRE, a modificar la relación de instituciones educativas que forman parte de la UGEL Puerto Bermúdez, cuando exista sustento técnico para ello conforme al ordenamiento jurídico vigente, sin alterar el ámbito jurisdiccional de la UGEL.

Artículo Cuarto.- DEROGAR, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional.

Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación Pasco PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, así como en el diario de mayor circulación del departamento de Pasco, y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Pasco, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación.

En la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los veintiocho días del mes de diciembre del dos mil dieciocho.

PERCY PERALTA HUATUCO
Presidente del Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se publique, registre y cumpla.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los veintiocho días del mes de diciembre del dos mil dieciocho.

TEODULO V. QUISPE HUERTAS
Gobernador Regional

[El Peruano: 25/01/2019]






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