Aprueban la Política del Sistema de Gestión Antisoborno
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 628-2018-MINEDU
Lima, 16 noviembre 2018
Vistos, el Oficio N° 2891-2018-MINEDU/SG-OTEPA y el Informe N° 245-2018-MINEDU/SG-OTEPA, de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción, el Oficio N° 992-2018-MINEDU/SPE-OPEP, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 919-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 1176-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la misma que tiene como objetivo general el contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil, y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;
Que, en los objetivos específicos 2.3 y 2.4 del Eje 2 Identificación y gestión de riesgos, se establecen como estrategias garantizar la integridad en las contrataciones de obras, bienes y servicios, así como fortalecer la gestión de riesgos al interior de cada entidad pública, señalando entre los lineamientos de este último objetivo, el implementar mecanismos de cumplimiento de normas anticorrupción;
Que, con Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la corrupción 2018-2021, que implementa medidas de alcance nacional orientadas a lograr un nivel de institucionalidad que asegure de modo global en el país prevenir y combatir la corrupción de manera eficiente, así como involucra a todas las entidades públicas, privadas, empresas, ciudadanía y colectivos sociales, los cuales deben implementar modelos de prevención, filtros en los procesos propios de la actividad que realizan, políticas orientadas a garantizar la transparencia y rendición de cuentas, mecanismos de control y supervisión;
Que, el artículo 99 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, señala que la OTEPA es el órgano de apoyo responsable de promover la transparencia, la ética pública, y la lucha contra la corrupción, teniendo entre sus funciones, formular, proponer y supervisar la ejecución de los planes o documentos normativas en materia de Transparencia, Ética Pública y Lucha contra la corrupción, así como gestionar su actualización;
Que, en el marco de la referida función, la OTEPA propone la aprobación de la Política del Sistema de Gestión Antisoborno, a fin de implementar la Norma Técnica Peruana - NTP ISO 37001:2017 "Sistema de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso", en los procesos de contrataciones del MINEDU y posteriormente en otros procesos, proponiendo se designe un responsable de cumplimiento para que garantice la implementación y mejora del sistema de gestión antisoborno;
Que, la NTP ISO 37001:2017 "Sistema de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso" fue aprobada mediante Resolución Directoral N° 012-2017-INACAL-DN, por el Instituto Nacional de la Calidad, la cual especifica los requisitos y proporciona una guía para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar un sistema de gestión antisoborno;
Que, el numeral 5.2 de la NTP ISO 37001:2017 dispone que la alta dirección debe establecer, mantener y revisar una política antisoborno; y el numeral 5.3.2 de dicha NTP señala que la alta dirección debe designar a la persona o personas que tendrán la competencia, posición, autoridad e independencia apropiada para ejecutar la función de cumplimiento antisoborno;
Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación y Presupuesto en el Informe N° 919-2018-MINEDU/SPE-OPER-UPP, señala que la Política se encuentra alineada con el Objetivo Estratégico Sectorial 5 del Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación, relacionada con el fortalecimiento de la gestión institucional, y que se encuentra sujeta a la disponibilidad presupuestal de cada órgano del MINEDU involucrado en su ejecución y no irrogará gastos adicionales al presupuesto programado y asignado a los referidos órganos en el Pliego: 10 Ministerio de Educación;
Que, en este sentido, para proceder con la implementación de la NTP ISO 37001:2017, se requiere aprobar una política antisoborno, así como designar al responsable de la función de cumplimiento, siendo que la misma recoge el compromiso del MINEDU a luchar contra el soborno y la corrupción;
Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Política del Sistema de Gestión Antisoborno, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Designar al Jefe/a de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción como responsable de cumplimiento del sistema de gestión antisoborno del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Asesoría Jurídica publique la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación
[El Peruano: 20/11/2018]
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