R. M. N° 600-2018-MINEDU - Disponen que instituciones educativas y programas educativos públicos y privados de la educación básica, incorporen las «Semanas de la Lucha contra la Anemia» en la primera semana del mes de abril y la primera semana del mes de diciembre de su Calendario Cívico Escolar, y aprueban norma técnica - www.minedu.gob.pe



R. M. N° 600-2018-MINEDU - Disponen que instituciones educativas y programas educativos públicos y privados de la educación básica, incorporen las «Semanas de la Lucha contra la Anemia» en la primera semana del mes de abril y la primera semana del mes de diciembre de su Calendario Cívico Escolar, y aprueban norma técnica - www.minedu.gob.pe
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Disponen que instituciones educativas y programas educativos públicos y privados de la educación básica, incorporen las "Semanas de la Lucha contra la Anemia" en la primera semana del mes de abril y la primera semana del mes de diciembre de su Calendario Cívico Escolar, y aprueban norma técnica

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 600-2018-MINEDU


Lima, 6 de noviembre de 2018

VISTOS, el Expediente N° 0211664-2018, el Informe N° 673-2018-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEI de la Dirección de Educación Inicial, dependiente de la Dirección General Educación Básica Regular, y el Informe N° 1142-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana;

Que, de acuerdo a los literales b) y d) del artículo 5 del Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, son atribuciones del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, cultura, deporte y recreación; y orientar el desarrollo del sistema educativo nacional, en concordancia con lo establecido por la ley, y establecer las coordinaciones que al efecto pudieran ser convenientes y necesarias;

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, mediante Decreto Supremo N° 056-2018-PCM, se aprobó la Política General de Gobierno, que incluye los ejes y lineamientos prioritarios de gobierno al 2021, la misma que establece como uno de los lineamientos prioritarios de gobierno, la reducción de la anemia infantil en niños y niñas de 6 a 35 meses, con enfoque en la prevención;

Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 068-2018-PCM, se declara de prioridad nacional la lucha contra la anemia en niñas y niños menores de 36 meses y además se aprueba el "Plan Multisectorial de Lucha contra la Anemia", cuyo objetivo general es prevenir y reducir la prevalencia de anemia en niñas y niños con énfasis en menores de 36 meses de edad, gestantes y adolescentes a nivel nacional, a través de la articulación intersectorial e intergubernamental de intervenciones efectivas implementadas por el Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales en el territorio;

Que, mediante el Oficio Nº 1880-2018-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 673-2018-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEI, elaborado por la Dirección de Educación Inicial, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar la norma técnica denominada "Disposiciones para la Implementación de las Semanas de Lucha contra la Anemia en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", la cual tiene como objetivo general el brindar orientaciones para la organización e implementación de las semanas de lucha contra la anemia en las Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica públicos y privados;

Que, asimismo en el referido informe se señala que la propuesta normativa es acorde con lo desarrollado en el Currículo Nacional de la Educación Básica, por ello se sustenta la necesidad de disponer que las instituciones educativas y programas educativos públicos y privados de la educación básica, incorporen en su Calendario Cívico Escolar la primera semana del mes de abril y la primera semana del mes de diciembre de cada año escolar, como las "Semanas de la Lucha contra la Anemia";

Que, en consecuencia resulta necesario aprobar la norma técnica denominada "Disposiciones para la Implementación de las Semanas de Lucha contra la Anemia en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica"; así como considerar la disposición referida al Calendario Cívico Escolar;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe, y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Disponer que las instituciones educativas y programas educativos públicos y privados de la educación básica, según corresponda, incorporen en su Calendario Cívico Escolar, la primera semana del mes de abril y la primera semana del mes de diciembre de cada año escolar, como las "Semanas de la Lucha contra la Anemia".

Artículo 2.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la Implementación de las Semanas de Lucha contra la Anemia en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", la misma que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

[El Peruano: 07/11/2018]





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