R. M. Nº 275-2018-MINEDU - Convocan y Aprueban Cronograma para Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de II. EE. de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial de los Grupos I y II - www.minedu.gob.pe



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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Convocan a la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial de los Grupos I y II

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 275-2018-MINEDU

Lima, 2 de junio de 2018

VISTOS, el Expediente N° 0104987-2018, el Informe N° 381-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, y el Informe N° 509-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los Gobiernos Regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, el artículo 33 de la Ley de Reforma Magisterial, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 30541, establece que el profesor puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por un período de cuatro años; y que al término del período de gestión es evaluado para determinar su continuidad en el cargo hasta por un período adicional, o su retorno al cargo docente;

Que, el artículo 38 de la Ley de Reforma Magisterial, señala que el desempeño del profesor en el cargo es evaluado de forma obligatoria al término del periodo de su gestión; y que la aprobación de esta evaluación determina su continuidad en el cargo y la desaprobación, su retorno al cargo docente; precisándose, que los cargos de director de Unidad de Gestión Educativa Local y director o jefe de gestión pedagógica, adicionalmente, son evaluados al finalizar el segundo año de haber accedido al cargo, para determinar su continuidad;

Que, el numeral 62.1 del artículo 62 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2013-ED, señala que la evaluación de desempeño en el cargo tiene como objetivo comprobar la eficacia y eficiencia del profesor en el ejercicio de dicho cargo, realizándose en base a los indicadores de desempeño establecidos para el respectivo tipo de cargo;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 271-2018-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada "Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial"; la cual establece, entre otros aspectos, los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución de la referida evaluación; así como sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de dicha evaluación;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.1 de la Norma Técnica antes mencionada, la convocatoria de la referida evaluación se aprueba por Resolución Ministerial, conjuntamente con su cronograma, y se publica en el portal institucional del Ministerio de Educación;

Que, el numeral 6.2.1 de la referida Norma Técnica establece que la relación de directivos sujetos a evaluación se divide en tres grupos: Grupo I, directivos cuya designación culmina antes del 15 de febrero de 2019; Grupo II, directivos cuya designación culmina entre el 16 de febrero de 2019 y el 30 de junio de 2019; y Grupo III, directivos cuya designación culmina entre el 01 de julio de 2019 y el 15 de febrero de 2020; y el numeral 6.4 precisa que los directivos sujetos a evaluación del Grupo III serán evaluados considerando el cronograma de actividades que el Ministerio de Educación apruebe para dicho grupo;

Que, a través del Oficio Nº 1319-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 381-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual se sustenta y solicita se convoque la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial para los Grupos I y II, y se apruebe el cronograma de la referida evaluación;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Dirección General de Desarrollo Docente, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Resolución Ministerial N° 271-2018-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada "Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial";

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Convocar a la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial de los Grupos I y II, la misma que se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución Ministerial N° 271-2018-MINEDU.

Artículo 2.- Aprobar el cronograma de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial de los Grupos I y II, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

[El Peruano: 03/06/2018]





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