Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional"
Lima, 23 MAR, 2018
OFICIO MÚLTIPLE N° 018-2018-MINEDU/VMGP
Señores:
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN
GERENTES REGIONALES DE EDUCACIÓN
DIRECTORES DE UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL
Presente.-
ASUNTO:
Descuento por paralización de labores en II.EE
REFERENCIA:
1) Oficio N° 134-2018-GR APURÍMAC/GR
2) Oficio N° 010-2018-FENATEP
3) D.S. N° 304-2012-EF
4) D.S. N° 017-2007-ED
De mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, en atención a los documentos 1 y 2 de la referencia, por medio de los cuales se comunica al Ministerio de Educación que en algunas regiones del país, sindicatos de profesores y profesores no afiliados a organizaciones sindicales magisteriales han programado un paro de 24 horas para el día 05 de abril del año 2018.
A respecto, se realiza las siguientes precisiones.
1. El pago de remuneraciones sólo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado estando prohibido el pago de remuneraciones por días no laborados, salvo disposición de Ley expresa en contrario o por aplicación de licencia con goce de haber de acuerdo a la normatividad vigente, en el marco de la Ley N° 284111, siendo responsabilidad de las UGEL o DRE aplicar el descuento de las remuneraciones del personal por los días no laborados en la planilla del mes que corresponda, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa de los profesores que incurran en abandono de cargo2.
2. Asimismo, se le recuerda que es competencia de la Contraloría General de la República, a través de los Órganos de Control institucional de los Gobiernos Regionales, la verificación del descuento efectivo en las planillas del personal por los días no laborados; así como la determinación de las responsabilidades penales y administrativas por la no ejecución de los referidos descuentos, y recomendación de las acciones a que hubiere lugar3.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente,
GUILLERMO MOLINARI PALOMINO
viceministro de Gestión Pedagógica
c.c Gobernadores Regionales
Gerente de Desarrollo Social
OCI de Gobierno Regional
Contraloría de la República
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1 Literal d) de la Tercera Disposición Transitoria del TUO de la Ley N° 28411, aprobado por D.S. N° 304-2012-EF
2 Artículo 23° del D.S. N° 017-2007-ED
3 Artículo 24° del D.S. N° 017-2007-ED
2 Artículo 23° del D.S. N° 017-2007-ED
3 Artículo 24° del D.S. N° 017-2007-ED
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