Disponen suspensión de labores escolares desde el viernes 8 hasta el lunes 11 de diciembre de 2017 de las instituciones educativas públicas y privadas que servirán como local de votación para el proceso de elección de alcaldes y regidores de los concejos municipales creados durante los años 2015 y 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 691-2017-MINEDU
Lima, 6 de diciembre de 2017
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2017-PCM, el Presidente de la República convoca a Elecciones Municipales a llevarse a cabo el domingo 10 de diciembre de 2017, para la elección de alcaldes y regidores de los concejos municipales, en dieciocho (18) distritos creados durante los años 2015 y 2016;
Que, mediante Oficio N° 000198-2017-JN/ONPE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE señala que, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, que establece que los locales en los que deban funcionar las Mesas de Sufragio deben ser designados por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, se han seleccionado a colegios públicos de distintas circunscripciones a nivel nacional;
Que, además la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE señala que el artículo 213 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, determina que el plazo para la instalación y permanencia del Coordinador Electoral es desde dos (2) días antes de las elecciones para que pueda realizar con la antelación debida actividades de acondicionamiento y seguridad; para lo cual requiere que las autoridades a cargo de estas instituciones educativas permitan el ingreso a dichos coordinadores el 8 de diciembre de 2017;
Que, en tal sentido y a través del oficio citado, la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE ha solicitado al Ministerio de Educación que, en función a las actividades de organización y ejecución del proceso electoral, previas al día de la jornada electoral que las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE realizarán en los Locales de Votación, se disponga lo necesario para poder contar con la totalidad de las instalaciones, así como el uso del servicio eléctrico y de internet, en donde se cuente con ello y, con el fin de no perjudicar el desarrollo normal de las labores académicas y administrativas que pudieran desarrollarse, así como el libre tránsito; por lo que solicita que se suspendan totalmente las labores los días viernes 8, sábado 9 y lunes 11 de diciembre de 2017 en las instituciones educativas que se usarán como locales de votación;
Que, asimismo, en virtud a que los directores de las instituciones educativas son responsables de la gestión para la conservación, mantenimiento y seguridad de su infraestructura con la participación de la comunidad educativa, debe disponerse que supervisen la entrega de los locales escolares por parte de la Oficina Nacional de Procesos Electorales luego del proceso de elección de alcaldes y regidores de los concejos municipales en dieciocho (18) distritos creados durante los años 2015 y 2016, en las mismas condiciones de conservación en que fueron cedidos;
Que, a través del Informe Nº 235-2017-MINEDU/VMGI/DIGC-DIGE elaborado por la Dirección de Gestión Escolar dependiente de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar; del Informe Nº 813-2017-MINEDU/VMGP/DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente; y del Informe Nº 101-2017-MINEDU/VMGI-DIGEGED suscrito por la Dirección General de Gestión Descentralizada; se emite opinión favorable a la solicitud de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a fin de utilizar determinados locales escolares como locales de votación para el proceso de elección de alcaldes y regidores de dieciocho (18) concejos municipales de distritos creados durante los años 2015 y 2016, ubicados en los departamentos de Huánuco, Apurímac, Huancavelica, Junín, Ayacucho, Cusco y Tacna;
Que, además los citados informes señalan que para acceder a la solicitud de la Oficina Nacional de Procesos Electorales se requiere la suspensión, de manera excepcional, de las labores escolares desde el viernes 8 hasta el lunes 11 de diciembre de 2017, para las acciones de recepción y acondicionamiento por parte de la referida Oficina Nacional, de las instituciones educativas públicas y privadas que servirán como local de votación para el citado proceso electoral, el cual fue convocado para el domingo 10 de diciembre del presente año;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica; de la Secretaría General; de la Dirección General de Gestión Descentralizada; de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar; de la Dirección General de Desarrollo Docente; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación; modificado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer, excepcionalmente, la suspensión de labores escolares desde el viernes 8 hasta el lunes 11 de diciembre de 2017, para las acciones de recepción y acondicionamiento por parte de la Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE, de las instituciones educativas públicas y privadas que servirán como local de votación para el proceso de elección de alcaldes y regidores de los concejos municipales en dieciocho (18) distritos creados durante los años 2015 y 2016, convocado para el domingo 10 de diciembre del presente año.
Artículo 2.- Disponer que las autoridades educativas reprogramen las actividades escolares establecidas para dichas fechas, a fin de cumplir con la calendarización del año escolar y las horas efectivas de clase establecidas por las "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", aprobadas por Resolución Ministerial N° 627-2016-MINEDU.
Artículo 3.- Los directores de las instituciones educativas seleccionadas son responsables de cautelar que la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE entregue los locales escolares luego del proceso de elección de alcaldes y regidores de los concejos municipales en dieciocho (18) distritos creados durante los años 2015 y 2016, en las mismas condiciones de conservación en que fueron cedidos.
Artículo 4.- Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, en el marco de sus atribuciones, supervisan el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
IDEL VEXLER T.
Ministro de Educación
[El Peruano: 07/12/2017]
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