Aprueban el Manual de Operaciones de las Direcciones de Redes Integradas de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 467-2017/MINSA
Lima, 16 de junio de 2017
Visto, el Expediente N° 17-054772-001 y 002 que contiene la Nota Informativa N° 048-2017-DGOS/MINSA de fecha 13 de junio de 2017 de la Dirección General de Operaciones en Salud; el Memorándum N° 1476-2017-OGGRH-OARH-EPP/MINSA de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, el Informe N° 86-2017-OGPPM-OOM/MINSA de fecha 15 de junio de 2017 de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, incorporando en su estructura organizacional a las Direcciones de Redes Integradas de Salud;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 008-2017-SA dispone que en un plazo máximo de ciento veinte (120) días hábiles mediante Resolución Ministerial, el Ministerio de Salud aprueba los lineamientos para la formulación de los Manuales de Operaciones de sus órganos desconcentrados, con la opinión previa favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y dispone las acciones necesarias para su implementación;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 450-2017/MINSA de fecha 12 de junio de 2017, se aprueban los Lineamientos para la elaboración y aprobación de los Manuales de Operaciones de los órganos desconcentrados del Ministerio de Salud: Direcciones de Redes Integradas de Salud;
Que, mediante la Nota Informativa N° 048-2017-DGOS/MINSA, la Dirección General de Operaciones en Salud remite al Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud la propuesta de Manual de Operaciones de las Direcciones de Redes Integradas de Salud de Lima Metropolitana;
Que, con el Informe N° 86-2017-OGPPM-OOM/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión en el sentido la propuesta de Manual de Operaciones antes citado se encuentra conforme a los Lineamientos aprobados por Resolución Ministerial N° 450-2017/MINSA; por lo que, corresponde aprobar el citado documento de gestión;
Con el visado del Director General de Operaciones en Salud; de la Directora General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria; de la Directora General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; de la Viceministra de Salud Pública; y, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y, el Decreto Supremo N° 008-2017-SA modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones de las Direcciones de Redes Integradas de Salud, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Operaciones en Salud y a las Direcciones de Redes Integradas de Salud.
Artículo 3.- Derogar las disposiciones normativas que se opongan a la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal de Transparencia del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
[El Peruano: 18/06/2017]
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