![GRATIFICACIÓN JULIO 2017: Sepa cómo calcular el pago de bonificación GRATIFICACIÓN JULIO 2017: Sepa cómo calcular el pago de bonificación](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi3Ne-uxb_SqlEAb4Y64D0jgjkstimP2CHXLBlZjkHJ48G2opAMLfbE650-Vssz9xpv9WQcuqtF2Hc3aocRvUyD-8yN6Aac3Q8xCkd2ck3Dbc9gvsxnUB-O29nSszmj_GGFOqI5GyUDyTOh/w851-c-h444/126181-gratificacion-julio-2017-sepa-como-calcular-pago-bonificacion.jpg)
Los trabajadores formales deberán recibir la gratificación en la quincena de julio. Conoce cómo calcular el monto que te corresponde y quiénes no recibirán la bonificación: Las empresas deberán pagar a sus trabajadores en planilla la gratificación por Fiestas Patrias en la quincena de julio. El monto a recibir es equivalente a un sueldo completo al 30 de junio de 2017.
En caso de que el trabajador reciba algún aumento en a partir del 1 de julio, no se tomará en cuenta para el pago de la gratificación.
Cabe señalar que para que la gratificación sea equivalente a un sueldo, el trabajador debe haber laborado durante todo el semestre. Si esto no ocurre, recibirá la sexta parte del sueldo por cada mes de labor.
Si ingresó a laborar el 15 de marzo, al finalizar junio tendría 3 meses 15 días. Su gratificación equivaldría solo a 3 meses y no los 15 días.
Horas extras
Para calcular su gratificación con las horas extras, debe tomar en cuenta que se hayan desarrollado al menos en 3 meses durante el semestre.
Si el total de las horas extras fue de S/1000, el promedio se obtiene dividiendo entre 6 el monto. Al resultado se le suma el sueldo mensual para calcular la gratificación.
¿Quiénes no tienen derecho a gratificación?
Los trabajadores de la micro empresa que ingresaron a laborar después de que esta fue inscrita en el Registro Micro y Pequeña Empresa (Remype).
Asimismo, no recibirán gratificación los trabajadores del Régimen Laboral Agrario, pues perciben una remuneración diaria integral.
Dato
Los trabajadores deben recibir una bonificación extraordinaria (9%) de acuerdo a la ley 30334, que desgravó las aportaciones a EsSalud a cargo del empleador. En el caso de quienes laboren afiliados a una empresa prestadora de salud, la bonificación será el 6,75%.
Comentar esta noticia