Establecen que las etapas de registro en la página web y presentación de expedientes físicos y de evaluación de expedientes y publicación de resultados, del proceso de contratación 2017, a que se refiere la Norma Técnica que Regula el Concurso Público de Contratación Docente en Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos, puedan ampliarse por las Direcciones Regionales de Educación
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 046-2017-MINEDU
Lima, 24 de febrero de 2017
VISTOS, el Informe N° 031-2017-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, y el Informe N° 169- 2017-MINEDU/SG-OGAJ, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, establece que los Institutos de Educación Superior y los Institutos de Educación Superior Pedagógica públicos regulados por la referida ley podrán cubrir las posiciones vacantes y las horas disponibles para completar su plan de estudios, a través de concurso público de contratación docente realizado por la dirección regional de educación o la que haga sus veces, conforme a los lineamientos emitidos por el Ministerio de Educación;
Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 040-2017-MINEDU, de fecha 16 de febrero de 2017, se aprobó la "Norma Técnica que Regula el Concurso Público de Contratación Docente en Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos", en adelante la Norma Técnica;
Que, mediante Informe N° 031-2017-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA emitido por la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, que cuenta con la conformidad de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, y de la Dirección General de Desarrollo Docente, se sustenta la necesidad de emitir un acto resolutivo que establezca, de manera excepcional para el proceso de contratación del año 2017, que pueda ampliar el plazo de las etapas de registro en la página web y presentación de expedientes físicos así como la etapa de evaluación de expedientes y publicación de resultados, previstos en el numeral 9 de la Norma Técnica a fin de garantizar el normal desarrollo de las mismas y una eficiente y eficaz labor de los Comités de Contratación, debido al potencial universo de postulantes al proceso del presente año;
Que, en el referido informe además se propone, a fin de contribuir a una mayor participación de postulantes, que la presentación de la copia impresa del registro del postulante en el aplicativo de la página web del Ministerio de Educación, requisito dispuesto como parte del expediente en el literal b) del numeral 6.2.1 de la Norma Técnica, pueda ser reemplazado, a elección del postulante, por la ficha que, como Anexo, forma parte de la presente resolución, y que la presentación de cualquiera de dichos documentos se pueda efectuar hasta la fecha de realización de la etapa de evaluación presencial;
Que, de acuerdo con el literal g) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos en el ámbito de competencia del Despacho Ministerial;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N°002-2017-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Establecer, de manera excepcional, que las etapas de registro en la página web y presentación de expedientes físicos y de evaluación de expedientes y publicación de resultados, del proceso de contratación 2017, a que se refiere el numeral 9 de la Norma Técnica que Regula el Concurso Público de Contratación Docente en Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 040-2017-MINEDU, puedan ampliarse por las Direcciones Regionales de Educación hasta por dos (2) y un (1) día hábil, respectivamente.
Artículo 2.- Disponer, de manera excepcional para el proceso de contratación 2017 a que se refiere el Numeral 9 de la Norma Técnica que Regula el Concurso Público de Contratación Docente en Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos, que la presentación de la copia impresa del registro del postulante en el aplicativo de la página web del Ministerio de Educación, requisito dispuesto en el literal b) del numeral 6.2.1 de la citada norma, pueda ser reemplazado en el expediente, a elección del postulante, por la ficha que, como Anexo, forma parte de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer que la presentación de cualquiera de los documentos a que se hace referencia en el artículo precedente, se puede efectuar hasta la fecha de realización de la etapa de evaluación presencial, establecida en la Norma Técnica que Regula el Concurso Público de Contratación Docente en Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS
Secretario General
[El Peruano: 25/02/2017]
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