R. S. G. Nº 938-2015-MINEDU - Aprueban los «Lineamientos para la Gestión Educativa Descentralizada» www.minedu.gob.pe



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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban los "Lineamientos para la Gestión Educativa Descentralizada"

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 938-2015-MINEDU

Lima, 31 de diciembre de 2015

Vistos, el Expediente N° 160342-2015 y el Informe Nº 978-2015-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales;

Que, el artículo 6 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala entre los objetivos de la descentralización, la unidad y eficiencia del Estado mediante la distribución ordenada de las competencias públicas y la adecuada relación entre los distintos niveles de gobierno y la administración estatal, así como a la debida asignación de competencias para evitar la duplicidad de funciones y recursos, y la elusión de responsabilidades en la prestación de los servicios;

Que, conforme a lo señalado en el artículo 63 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, la gestión del sistema educativo nacional es descentralizada, simplificada, participativa y flexible; siendo el Estado, a través del Ministerio de Educación, el responsable de preservar la unidad del sistema. Asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 79 de la referida norma, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el numeral 2.1, literal k) del Anexo del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, que aprueba el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009 y otras disposiciones para el desarrollo del proceso de descentralización", señala que la implementación del desarrollo de la gestión descentralizada, implicará identificar los procesos de la gestión compartida, la delimitación de roles por niveles de gobierno, la delimitación de recursos humanos y financieros, bienes, servicios y otros recursos asociados;

Que, el literal e) del artículo 47 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen, entre otras funciones, la de promover, regular, incentivar, y supervisar los servicios educativos referidos a la educación inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, en coordinación con el Gobierno Local y en armonía con la política y normas del sector correspondiente y las necesidades de cobertura y niveles de enseñanza de la población;

Que, además, el numeral 2 del artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que éstas tienen la competencia y función específica compartida con el gobierno nacional y el regional en materia de educación para diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo de su jurisdicción, según corresponda, contribuyendo en la política educativa regional y nacional en un enfoque y acción intersectorial;

Que, en el marco de las normas antes señaladas, mediante Resolución Ministerial N° 264-2014-MINEDU se aprobaron los "Lineamientos para la Relación Intergubernamental entre el Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales", los cuales proponen mecanismos e instrumentos para desarrollar y sostener las relaciones intergubernamentales entre dos o más niveles de gobierno, con el fin de diseñar, implementar, monitorear y evaluar políticas públicas y estrategias vinculadas a la educación para ofrecer un servicio educativo de calidad;

Que, asimismo, con Resolución Ministerial N° 195-2015-MINEDU, se oficializa la Matriz de Gestión Descentralizada del Sector Educación de los Procesos de Gestión de Desarrollo Docente, Gestión de Materiales y Recursos Educativos y Gestión de Mantenimiento de Infraestructura Educativa;

Que, mediante Informe N° 076-2015-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DAGED, emitido por la Dirección de Apoyo a la Gestión Descentralizada, se sustenta la necesidad de establecer lineamientos a fin de determinar los roles de cada nivel de gobierno para su adecuada organización dentro de la cadena de responsabilidades que les corresponde asumir en el marco de una gestión descentralizada a nivel nacional;

Que, el referido informe plantea, además, la necesidad de contar con una Tipología de las Unidades de Gestión Educativa Local que clasifique a dichas instancias en función a las características de las instituciones educativas que deben atender y a las condiciones para desarrollar la gestión en su territorio, en el marco de la gestión educativa descentralizada, para la planificación e implementación de las políticas, intervenciones y actividades del Ministerio de Educación y de los Gobiernos Regionales;

Que, en la elaboración de los referidos Lineamientos se ha considerado las opiniones recibidas de los diversos órganos del Ministerio de Educación involucrados, así como de la Plataforma Nacional de Gobiernos Descentralizados, integrada por Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR), Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE) y la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú (REMURPE);

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; la Directiva Nº 023-2013-MIENDU/SG-OAJ, aprobada por Resolución Ministerial Nº 0520-2013-ED; y la Resolución Ministerial 021-2015-MINEDU y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Aprobar los "Lineamientos para la Gestión Educativa Descentralizada", los mismos que, como Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA
Viceministro de Gestión Pedagógica
Secretario General (e)

[El Peruano: 05/01/2016]





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