A través de la Dirección Técnica Normativa de Docentes (Diten), señala que sentencia a la que aluden sus directivos no tiene que ver con este proceso: El Ministerio de Educación (MINEDU) advierte a la comunidad magisterial a fin de que no se dejen sorprender respecto a la sentencia emitida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República que declaró la nulidad de la Resolución Ministerial N° 262-2013-ED que aprueba la Directiva N° 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD, que regula el Concurso de Acceso a Cargos Directivos 2013, en mérito a la acción popular instaurada ante la Cuarta Sala Laboral Permanente de Lima, con Expediente Judicial N° 00139-2013-53-1801-SP-LA-01.
Es así que, a través de la Dirección Técnica Normativa de Docentes (Diten) el MINEDU señala que la sentencia a la que aluden los ex directivos del Sindicato Nacional de Directivos de Instituciones Educativas Públicas del Perú (SINDEP) está relacionada a la normativa que reguló el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular - 2013.
En ese sentido, señala el MINEDU que debe quedar en claro que, la Resolución de la Corte Suprema a la que se alude en el párrafo anterior, no afecta los resultados y actuaciones que se desprenden del Procedimiento Excepcional de Evaluación y del Concurso de Acceso a Cargo de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014, regulados por la Resolución Ministerial N° 204-2014-MINEDU y la Resolución de Secretaría General N° 1551-2014-MINEDU, respectivamente, es decir, no afecta a las designaciones en cargos directivos y ubicaciones en cargos de profesores de aula que se hayan efectuado en cumplimiento de dichas normas.
Por otro lado, indicaron que las etapas previstas en el cronograma del Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular - 2013 no llegaron a desarrollarse en su totalidad; toda vez que éste fue suspendido en la Etapa Nacional de la Evaluación, sin que se haya reanudado posteriormente; razón por la cual, no se llegó a designar a ningún docente en las plazas en Concurso ni se retornó al cargo de origen como docente a ningún directivo.
En tal sentido, señalan que, no habiéndose generado ninguna consecuencia respecto a los profesores que ejercían cargos directivos al 29 de mayo de 2013; no existe ninguna situación de hecho o de derecho preexistente al 29 de mayo de 2013 que deba reponerse respecto de los profesores que ejercían cargos directivos en esa fecha.
Es más, comunican que, el pasado jueves 20 de agosto, todo lo relacionado a esta situación ya ha sido puesto en conocimiento de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y de las Unidades de Gestión Educativa local (UGEL) de todo el país, mediante el Oficio Múltiple N° 025-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN.
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