D. S. Nº 007-2015-MINEDU - Modifican artículos del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED - www.minedu.gob.pe
MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINEDU
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Modifican artículos del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED
DECRETO SUPREMO Nº 007-2015-MINEDU
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, en adelante la Ley, tiene por objeto normar las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico productiva y en las instancias de gestión educativa descentralizada; asimismo, regula sus deberes y derechos, la formación continua, la Carrera Pública Magisterial, la evaluación, el proceso disciplinario, las remuneraciones y los estímulos e incentivos;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, se aprobó el Reglamento de la Ley, cuyo Capítulo IX del Título III regula lo concerniente a las faltas, la investigación de las denuncias, la Comisión Permanente y Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y el proceso administrativo disciplinario;
Que, el artículo 44 de la Ley establece que la medida de separación preventiva se aplica al profesor cuando exista una denuncia administrativa o judicial por los presuntos delitos previstos en dicho artículo. Asimismo, los artículos 48 y 49 de la Ley disponen que los profesores son retirados de la institución educativa cuando hayan incurrido en las faltas previstas en los literales a), b), y del d) al h) de dichos artículos, respectivamente;
Que, no obstante, el artículo 86 del Reglamento de la Ley establece que la medida de separación preventiva se aplica de oficio a los profesores que prestan servicio en las instituciones educativas, desde el inicio del proceso investigatorio hasta la conclusión del proceso administrativo disciplinario tanto en el caso de denuncia administrativa o judicial por los presuntos delitos señalados en el artículo 44 de la Ley, como en el caso de denuncias por presuntas faltas graves y muy graves señaladas en los literales a) y b) del artículo 48 y los literales del d) al h) del artículo 49 de la Ley, respectivamente;
Que, de conformidad con el artículo 90 del Reglamento de la Ley, la investigación de denuncias por las faltas graves y muy graves que ameritarían sanción de cese temporal o destitución, a cargo de la Comisión Permanente o Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes de la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada, según corresponda; se encarga, por acuerdo de la Comisión, a uno de sus miembros como ponente, quien elabora su respectivo informe, pronunciándose sobre la instauración o no de proceso administrativo disciplinario, y lo presenta para su aprobación a los demás miembros; lo cual dilata injustificadamente esta etapa y dificulta el desarrollo de la investigación;
Que, de acuerdo con el principio de tipicidad previsto en el artículo 230 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, solo constituyen conductas sancionables administrativamente las infracciones previstas expresamente en normas con rango de ley mediante su tipificación como tales, sin admitir interpretación extensiva o analogía. Las disposiciones reglamentarias de desarrollo pueden especificar o graduar aquellas dirigidas a identificar las conductas o determinar sanciones, sin constituir nuevas conductas sancionables a las previstas legalmente, salvo los casos en que la ley permita tipificar por vía reglamentaria;
Que, el literal e) del artículo 48 de la Ley establece que se considera falta grave, pasible de cese temporal, abandonar el cargo injustificadamente, sin especificar la forma en que se configura esta falta;
Que, en tal sentido, resulta necesario modificar el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, con la finalidad de especificar cuando se configura la falta grave prevista en el literal e) del artículo 48 de dicha Ley; regular lo concerniente a las medidas preventivas, el retiro, y la calificación e investigación de las denuncias por las Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios; así como precisar las funciones y atribuciones de la Comisión Permanente y Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes; a fin de lograr una adecuada determinación de responsabilidad administrativa en que incurran los profesores y el óptimo desarrollo del proceso administrativo disciplinario;
De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial;
DECRETA:
Artículo 1.- Incorporar el numeral 82.4 al artículo 82 y modificar el artículo 86, los numerales 90.1, 90.2 y 90.3 del artículo 90, y los literales a) y b) del artículo 95 del Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, en los términos siguientes:
"Artículo 82.- Cese temporal
(...)
82.4 El abandono de cargo injustificado a que se refiere el literal e) del artículo 48 de la Ley se configura con la inasistencia injustificada al centro de trabajo por más de tres (3) días consecutivos o cinco (5) discontinuos, en un período de dos (2) meses, correspondiéndole la sanción de cese temporal."
"Artículo 86.- Medidas preventivas y retiro
86.1 El Director de la Institución Educativa, bajo responsabilidad funcional, aplica de oficio la medida de separación preventiva al profesor, cuando exista una denuncia administrativa o judicial, por los supuestos descritos en el artículo 44 de la Ley, dando cuenta al titular de la UGEL o DRE, o quien haga sus veces.
En caso el Director de Institución Educativa no efectúe dicha separación, el Titular de la UGEL o DRE, o quien haga sus veces, efectuará la separación preventiva.
86.2 El retiro del profesor es adoptado por el titular de la UGEL o DRE, o quien haga sus veces, previa recomendación de la Comisión Permanente o Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes, la que evaluará la pertinencia del retiro, en los siguientes supuestos:
a) Denuncias por presuntas faltas graves señaladas en los literales a) y b) del artículo 48 de la Ley.
b) Denuncias por presuntas faltas muy graves señaladas en los literales d), e), f), g) y h) del artículo 49 de la Ley.
86.3 La medida de separación preventiva y el retiro culminan con la conclusión del proceso administrativo disciplinario o proceso judicial. El período de tiempo que dure esta medida, no constituye sanción ni demérito.
Las medidas de separación preventiva y retiro implican el alejamiento del profesor de cualquier institución educativa, siendo puesto a disposición del Equipo de Personal de la UGEL o DREL o la que haga sus veces, según corresponda, para realizar las labores que le sean asignadas, debiéndose asegurar que no ejerza funciones en las áreas pedagógicas o de gestión institucional. Dichas medidas no comprenden la suspensión del pago de remuneraciones.
Durante el periodo de la separación preventiva o retiro, el Jefe o Especialista Administrativo de Personal de la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada, debe garantizar la prestación del servicio en la institución educativa."
"Artículo 90.- Calificación e investigación de la denuncia por las Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes
90.1 La investigación de las faltas graves y muy graves que ameritarían sanción de cese temporal o destitución, están a cargo de la Comisión Permanente o Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes de la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada, la que califica las denuncias que les sean remitidas, debiendo derivar a la autoridad competente las que no constituyan falta grave o muy grave, para su evaluación y aplicación de la sanción correspondiente, de ser el caso.
90.2 La Comisión Permanente o Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes, podrá realizar actos de investigación antes de emitir el informe preliminar, con la finalidad de recabar evidencias sobre la veracidad del hecho denunciado.
90.3 La Comisión Permanente o Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes se pronunciará, en el plazo de treinta (30) días de recibida la denuncia, bajo responsabilidad funcional, sobre la procedencia o no de instaurar proceso administrativo disciplinario a través de un informe preliminar. Una vez aprobado dicho informe, la Comisión lo remite al Titular de Instancia de Gestión Educativa Descentralizada correspondiente.
(...)"
"Artículo 95.- Funciones y atribuciones
La Comisión Permanente o Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes, ejerce con plena autonomía las funciones y atribuciones siguientes:
a) Calificar e investigar las denuncias que le sean remitidas.
b) Recomendar el retiro del denunciado en el ejercicio de su función.
(...)"
Artículo 2.- Dejar sin efecto el numeral 90.6 del artículo 90 del Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED.
Artículo 3.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
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[El Peruano: 10/07/2015]
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30 Comentarios
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jJOEL GUERRA
08:40 | 19-02-2016 | IP: 181.67.156.169ES UNA PENA QUE EL ESTADO PERUANO HOSTILICE AL MAESTRO,APARTE DE SER INCAPAZ DE SOLUCIONAR LA CORRUPCION QUE EMPIEZA EN LA CABEZA QUE ES EL MINISTERIO DE EDUCACION DREL Y UGELES Y POR ENDE EN LAS DIRECCIONES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS A NIVEL NACIONAL JAMAS APOYARAN A LOS DOCENTES
SE DEMUESTRA QUE LA SOCIEDAD PERUANA ESTA EN DESCOMPOSICION Y NADIE NADIE LO SALVA JOEL GUERRA HURTADO DNI 04351129 MI RPM # 976651857 ES UNA VERGUENZA ENTRE PERUANOS MATANDONOS ,,,ACEPTANDO LAS SOBRA DE LO
German
10:49 | 2-01-2016 | IP: 190.237.203.47Es una pena que una vez mas., los señores del congreso hagan modificaciones para amedrentar al maestro. ¿Señores del gobierno y Congresista ustedes creen que con esas modificaciones se mejorará la educación? hay que admitirlo el Perú no tiene una política educativa real, es por eso que una forma de justificar su incapacidad es hacer modificaciones maltratando al maestro que gana S/ 1100. Espero que entre un nuevo gobernante y mejore la calidad educativa en el Perú. Espero que se pronuncien
Carlos Olivera
15:10 | 28-12-2015 | IP: 200.121.203.195Que pena, cada vez el docente es mas golpeado y arrinconado, leyes por allá y leyes por aquí, señores del MINEDU, primero hablen de remuneraciones y el buen pago a los profesores, yo gano 1100 soles, que puedo hacer con eso, tengo que dedicarme a otros menesteres para que haya algo de comida en casa. Primero hablemos del buen trato al profesor, de allí viene lo demás.
MARIBELL
18:43 | 9-12-2015 | IP: 179.7.162.112Otro asunto es el de las vacaciones, según el oficio emitido por el MED en el mes de octubre, se dice que los directores con sección a cargo designados en el mes de marzo o tenemos derecho a vacaciones ya que no cumplimos un año en la I.E, sin embargo como empleados del estado nos corresponde, ya que venimos trabajando por mas de 10 años, aunque no sea en la misma I,E, hasta donde el mal trato al profesorado, sin embargo se habla de clima emocional. Hasta donde llegaremos.
Melchor Anto Flores
07:42 | 9-12-2015 | IP: 190.237.143.241Srs. de MINEDU, como es posible que se hable de calidad docente, cuando en la segunda etapa de nombramiento la calificación ha sido asignada a personas que no son idóneas y tampoco esta preparadas para este tipo de evaluación, en uno de los puntos de calificación se habla de años de experiencia laboral, pero Uds. si son minuciosos chequeen en la lista de los que han quedado actos para su nombramiento a ver si lo merecen, para que tanto monitoreo en las aulas si después no vale.
Melchor Anto Flores
07:36 | 9-12-2015 | IP: 190.237.143.241En realidad es una pena como últimamente se ha ensañado en demasía con la carrera docente.
En otros países los docentes son los mejores pagados del sistema de estado, sin embargo en el Perú son los últimos en remuneración.
La ley esta hecho para los mas grandes y para aquellos comechaos que el estado les paga para dormir (Congresistas, Ministros, etc.) sin faltar a ello la corrupción en la segunda etapa de nombramiento donde se han visto caras y bolsillos.
magno
18:14 | 4-12-2015 | IP: 190.236.15.231Que tal persecución y satanizacion a la carrera docente, primero semafo escuela para fiscalizar a los maestros, ahora fiscalizarlos al mínimo so sanción de ser despedidos. Porque no empiezan con nuestros padres de la patria les apliquen el semaforo y luego le apliquen este arti * de separación se que muchos serian cesados pero como el maestro es la ultimo coche de este sistema y mas si no hay unión seguirán mancillando el honor y la estabilidad labora de los maestros.
Teotimo Nestor
03:30 | 29-11-2015 | IP: 181.64.105.188como maltratan a los docentes, mientras que algunos directores están buscando algunos motivos para sancionar al profesor, peor si le tiene indiferencia o cuando se le dice sus verdades, enjuician sin pruebas, denuncian por pequeñas cosas. existe ese tipo de director, lo peor que apenas termina el juicio el expediente desaparece, que me puede decir al respecto
Teotimo Nestor
03:13 | 29-11-2015 | IP: 181.64.105.188como maltratan a los docentes, mientras que algunos directores están buscando algunos motivos para sancionar al profesor, pero si le tiene indiferencia o cuando se le dice sus verdades, enjuician sin pruebas, denuncian por pequeñas cosas. existe ese tipo de director, lo peor que apenas termina el juicio el expediente desaparece, que me puede decir al respecto
JULIANO ARANDA BOCANEGRA
15:40 | 1-09-2015 | IP: 181.67.119.51¿Por qué los maestros que cumplen 65 años tienen, necesariamente, que dejar las aulas? ¡Qué tremendo despropósito! En su lugar se han colocado a otros profesionales sin la mínima experiencia. En el aula, frente a los estudiantes, realmente, la mayoría de ellos dan lástima. "Los viejitos", créanme, pueden rendir más y mejor. ¡Ojalá me escuchen!
Yenny
21:47 | 7-08-2015 | IP: 190.117.129.67Señor Presidente de la República; Señor Ministro de Educación. Se debería de modificar toda ley que atente contra la dignidad humana. Solicito la modificación de Salud. Por tanto todo trabajador que se encuentre con licencia por salud; perciba su sueldo íntegro y que el empleador realice las gestiones a través de la oficina de servicio social; ya que el docente enfermo tiene que realizar las gestiones...desde el año pasado hasta la fecha no me abonan a mi cuenta algunas remuneraciones...etc.ups.
José Loyola Zavaleta
21:50 | 2-08-2015 | IP: 181.64.209.37No todos los docentes compran evaluaciones, debe haber algunos que nos hacen quedar mal a la mayoría de docentes que hace mérito a su propio esfuerzo.
Pero, no estoy de acuerdo que los congresistas se doblen el sueldo y a nosotros los maestros se nos dé 300 soles que no nos alcanza para nada... el estado debe ser consciente de la labor sacrificada del maestro que muchas veces tiene que viajar en carro , en mula y muchas veces caminar para llegar a desempeñar su trabajo que le corresponde.
jack
20:20 | 24-07-2015 | IP: 190.239.222.214Este gobierno le falta es un cachaquito de quinta que margina a los docentes supuestamente como no estudio no sabe que la docencia es sacrificado y encima mal pagado, nos dividen con las evaluaciones y que hacen nuestros colegas compran evaluaciones con sus claves para aprobar pero en el campo no atan y desatn que pena de estos docentes mediocres Señor Ministro de educacion pq no los evalua de nuevo pero sin vender las claves haber si llegan en el nivel que estan.
jorge Robert Sinarahua
08:45 | 16-07-2015 | IP: 181.65.159.161que lamentable decisión de nuestros parlamentarios, juzgar a los maestros por los minimos errores que pueden cometer para eso son buenos, el dia que propongan leyes en beneficios del peru y hagan algo aparte de calentar asientos, bostezar y dormir en el congreso ese dia tendran cara de decir algo fuera congresistas mediocres.
César B. Arias Castillo
07:24 | 13-07-2015 | IP: 190.234.34.172lamentablemente esto no se cumple porque funcionarios de ugel o dre protegen a algunos docentes como sucede en la Direccion Regional de Educacion de Ica, que algunos funcionarios protegen directores que han sido sancionados hasta CINCO veces con AMONETACION y desaparecen resoluciones de sanciones como es el caso de la R.D.R. N° 1826 de OCT. 2012. Todos estos casos favoreciendo a la encargada de la dirección del Tecnológico Publico "Pisco" de Pisco.
JENNY MOLINA CCAMERCCOA
20:01 | 12-07-2015 | IP: 179.7.110.123Porque el aumento solo para profesores de zona urbana y fronteras por que no para todos los contratados, que la vida no es mas cara en la ciudad, por esa discriminación. !basta de abusos! gobierno mediocre
Mauricio Quiroz Torres
10:18 | 12-07-2015 | IP: 190.235.146.116El maestro tiene la obligacion de luchar en todos los campos si quiere recibir un trato digno. No puede escudarse en el dirigente tal o cual para no luchar. No luchar es estar de acuerdo con lo que hace el humalismo con sus leyes diseñadas por el imperialismo; por lo que sus quejas son pura pose. A luchar maestros y en lo pedagogico seguir el modelo de Germán Caro Rios: https://www.facebook.com/mauri...972388556124
Tomàs Meza
07:39 | 12-07-2015 | IP: 179.7.64.168Colegas, el MINEDU - UGEL no nos da los medios y herramientas prometidas en los bonitos documentos que emiten para el trabajo (JEC), pero si estan monitoreando para decir la ineficiencia de los maestros (impagos de las diferencias: trabajamos 30 y mas horas "no hay sobre tiempo"), pero si las exigencias bajo responsabilidad funcional. ¿colegas, cuando ponemos la cara o el hombro? ¿Soy sutepista? Reflexiona..
Tomàs Meza
07:29 | 12-07-2015 | IP: 179.7.64.168Estimados colegas, seguimos lamentándonos y echando culpas al SUTEP, entonces te estas inculpando porque eres parte de ello, o si solo te refieres a los elegidos dirigentes, solos no pueden si no asistes a las convocatorias, si estas escondido a la espera de que unos cuantos se sacrifiquen para que tu te beneficies. Reflexiona, una golondrina no hace el verano,... hay que ser conscientes y participar de los reclamos poniendo el hombro, la cara y lo que sea necesario para hacernos escuchar.
María Rosa Camacho Wong
20:56 | 11-07-2015 | IP: 181.67.207.10Sigue el maltrato a los docentes,todo lo ven sanción,trabajamos el triple más que los congresistas y sus seudo funcionarios,estudiamos constantemente ,los políticos lo único que hacen es llenarse los bolsillos y dormir en el congreso,pero los unicos culpables somos nosotros que no nos unimos para hacernos fuertes ,sin SUTEP ni huaynalaya que lo único que hacen es vender nuestros derechos.
elisban
20:50 | 11-07-2015 | IP: 190.238.44.213Una vez mas se comprueba que son verdaderos enemigos de docentes modifican el reglamento una y otra vez para despojar del cargo a directores titulares y como ultimo para despedir a los docente que cometan un pequeño error.
Carlin Alegria Sanchez
20:27 | 11-07-2015 | IP: 181.66.156.48No entiendo hasta qué punto este gobierno se ha empeñado a degradar al gremio magisterial, modificando su propia ley al aprobarlo con muchos errores y ahora modifican no para mejorar su condición económica, sino para sancionarlo.
javier honores
20:22 | 11-07-2015 | IP: 190.113.209.232El PBI en educacion es muy bajo...y asi no podremos alcanzar un mejor desarrollo...con tanta burocracia a otros sectores publicos con mejor sueldo y sin tener studios superiores..el dia k todos nosotros padres , universitarios salgamos a la calle. y a exigir al gobierno que el PBI alcance. el 9% el Peru habra ganado
fernando
19:22 | 11-07-2015 | IP: 190.222.224.159Que pena que sólo al maestro se le hace modificaciones a su legislación y no para estimularlo sino para sancionarlo más de lo que esta con un sueldo irrisorio, y pensar que el magisterio le dió su voto a este gobierno y mal le paga...a despertar maestros a partir de ahora y olvídense del Sutep que su silencio cómplice da muestras de ser el aliado beneficiado en estos cinco años.
godoy
18:46 | 11-07-2015 | IP: 190.235.171.233El maestro peruano es enemigo de la confiep. La ley solo ha quitado los derechos y ningún artí * para el desarrollo del pueblo. Los serviles del Tribuna constitucional por qué emitieron fallo en contra del maestro a pesar de que la ley es inconstitucional, eso lo sabe todo el mundo, pero callan por qué...Maestro que hacer frente a estos abusos CONCIENCIA.
La evaluación debe de empezar ´por los sabios que están llevando al hoyo, al pueblo peruano, títeres de Ministerio de Economía- c
VICKY
16:17 | 11-07-2015 | IP: 201.230.209.165No hay caso , que estos señores no saben nada de educación. Odian al Maestro como si fuéramos sus enemigos , nos atacan con atropellos, leyes que las hacen y deshacen y por último no saben lo que hacen . Pobrecillos
Sonia
11:14 | 11-07-2015 | IP: 181.64.209.215¿EXISTE LA POSIBILIDAD DE DENUNCIAR A ESTOS FUNCIONARIOS POR MALTRATO MORAL A LOS MENOS PAGADOS(DEBILES ECONÓMICOS)? ¿NO DEBERÍAN EMPEZAR POR DIRECCIONAR ESTE DECRETO A LOS CONGRESISTAS Y MINISTROS?--- ¿QUE MAS PODRAN HACERLES O PONERLES A NUESTRO PROFESORES?
Optimista
11:12 | 11-07-2015 | IP: 200.121.32.6Lo ideal sería que de una vez lo anulen a esta Ley con tantas enmendaduras; los docentes que sufrieron degradación de nivel se podrá denunciar al estado por involucrar a quienes estaban en la 24029.Esto debía darse a quienes se nombraban en el 2012; ninguna ley es retroactiva.
Policarpo Baez Pillco
10:59 | 11-07-2015 | IP: 190.234.105.223Conciencia y honestidad. Muchas veces abusamos. ¿Se cumplirá realmente para todos? ¿Por que no aplican primero a nuestros congresistas que se llevan fácil y ganan bien? ......................
Alberto García Tello
07:53 | 11-07-2015 | IP: 190.42.170.117para el maestro es aplicable la Ley, como si estaríamos bien pagados, somo los servidores públicos que formamos a niñas y niños, que nos preocupamos cada día por por mejorar nuestra práctica docente, sin embargo somos los menos remunerados, para nosotros el aumento de los sueltos se han congelado por casi 3 quinquenios ...mejoremos la educación con un buen trato al magisterio, revalorando nuestra profesión, con un buen salario acorde con la canasta familiar. Ojalá que tomen en cuenta mi comenta