Res. Nº 1551-2014-MINEDU - Aprueban la Norma Técnica «Normas para el Concurso Público para Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014» LRM - www.minedu.gob.pe
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Aprueban la Norma Técnica «Normas para el Concurso Público para Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014»
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 1551-2014-MINEDU
Lima, 9 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;
Que, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación;
y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 32 de la referida Ley, dispone que el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales, convoca a concursos para el acceso a cargos, cada dos años, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas, especificaciones técnicas y criterios de buen desempeño exigibles para cada cargo;
Que, conforme a lo dispuesto en el literal d) del artículo 35 de la Ley de Reforma Magisterial, los directivos de institución educativa son cargos del Área de Gestión Institucional, a los cuales se accede por concurso; para postular a una plaza de director o subdirector de instituciones educativas públicas y programas educativos, el profesor debe estar ubicado entre la cuarta y octava escala magisterial;
Que, la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial establece que en la primera convocatoria de concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podrán participar excepcionalmente profesores de la segunda escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley Nº 24029 y los profesores del segundo nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley Nº 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos señalados al momento de la convocatoria. Su permanencia en el cargo se sujeta a las reglas contempladas en la citada Ley;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 204-2014-MINEDU de fecha 21 de mayo de 2014, se dejó sin efecto entre otras, la Resolución Ministerial N° 460-2013-ED y la Resolución Ministerial N° 568-2013-ED que convoca y suspende, respectivamente, el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular correspondiente al año 2013; disponiéndose que la Dirección General de Desarrollo Docente proponga la Norma Técnica del concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas públicas a que se refiere la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial;
Que, la Dirección General de Desarrollo Docente mediante Oficio N° 0368-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD remite el Informe N° 242-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDDDIED, el cual señala que para viabilizar el concurso de acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas públicas del presente año, resulta necesario aprobar las normas que regulen la organización, implementación y ejecución del referido concurso, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de Ley de Reforma Magisterial;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED que aprueba el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial;
el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SGOAJ denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de Educación";
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para el Concurso Público para Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Norma Técnica a la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- Disponer que los Coordinadores y Subcoordinadores Regionales que sean designados para la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial; así como, los Comités de Vigilancia que se conformen con tal fin, se desempeñarán como tales en el concurso público para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas públicas 2014.
Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución de Secretaría General y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DESILU LEON CHEMPEN
Secretaria General
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[El Peruano: 10/09/2014]
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22 Comentarios
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victor
08:51 | 22-08-2015 | IP: 181.67.202.148yo participe del concurso y gane pero no me adjudicaron una plaza por las medidas cautelares que luego nos darian hoy se acabaron las medidas cautelares pero el mlnlsterio saca otra norma y nos deja de lado y se dan encarga turas que bonito país donde vivimos que no se respetan las normas
Yenny
19:30 | 3-08-2015 | IP: 190.117.129.67Señor Ministro, reciba mis cordiales saludos. Así mismo debo manifestar que hasta la fecha no he sido designada al cargo de Dirección, ya que he ganado en el concurso y tengo conocimiento que en la plaza producidas, han sido cubierto por encargatura. Mucho docentes aspirantes, nos encontramos en esta condición. Espero se dé el cumplimiento de la norma que genero dicho proceso en todas las UGELs y DRE.
Le escribo estas líneas, para poner en su conocimiento de esta situación.
Saludos cordiales.
Rosa
14:16 | 26-01-2015 | IP: 190.237.73.87Por que no se tuvo en cuenta la encargatura de 01 año tal como se estipula en las normas técnicas para ocupar el cargo a Director en e l CEBE de la gel de Huamanga?
rosa
14:09 | 26-01-2015 | IP: 190.237.73.87Buenas tardes, en la Ugel Huamanga, no respetan las normas técnicas de evaluación de Directores , en el sentido que se tiene en cuenta como minimo 01 año de encargatura en la dirección, y tener segunda especialidad en el caso de Educación Esécial, sin embargo la postulante no cuenta con este requisito, fundamental para la tención de los estudiantes con disca´pacidad severa y multidiscapacidad, ¿Qué pasa señores del MINEDU Y DE LA UGEL DE HUAMANGA? se cumple ó es una burla
felix alberto Núñez Ponce
16:52 | 19-01-2015 | IP: 190.238.120.99¿Por qué se tiene en cuenta como requisito haber desempeñado como mínimo solo de Director y no se tiene en cuenta la encarga-tura como subdirector si yo he aprobado las dos pruebas emitidas por el estado, siempre desempeñé el cargo de subdirector que es la clave del desempeño docente. Ahora me observan mi designación ?
ELMER RIOS RUIZ
05:11 | 29-11-2014 | IP: 190.42.223.149POR FAVOR QUISIERA SABER POR QUE A PESAR DE HABERME INSCRITO PARA EL EXAMEN AL CARGO DE DIRECTORES Y SUBDIRECTORES PARA EL DEPARTAMENTO DE APURIMAC- UGEL ANDAHUAYLAS, APARECE QUE MI CENTRO DE EVALUACION ES EN LA CIUDAD DE TARA * . ESPERO SU RESPUESTA. GRACIAS.
MIGUEL ZEGARRA CERNA
10:02 | 26-10-2014 | IP: 190.42.248.204Todo esta supeditado a la accion popular que se resuelva en lima y ademas tenemos el proceso no contencioso a la 423 ademas otro proceso no contencioso a la resolución que nos de la UGEL ENTONCES todovia hay mucho que esperar y ademas que el ministerio respeta las normas que ellos mismos lo redactaron.
edith
15:21 | 15-10-2014 | IP: 190.239.40.26deseo consultar estoy en primera escala puedo participar en el concurso de directores .
Jose Antonio Echevarria G
09:59 | 2-10-2014 | IP: 190.237.95.12Con esto esta comprobado que el M.E. hace lo que le da la gana, cuando quiere le saca la vuelta a la ley.
VIDAL ESTEBAN MALDONADO C
18:16 | 26-09-2014 | IP: 190.233.189.244Señores del MINEDU, deben actuar con mucho criterio y cuidado técnico en los diferentes cambios que elaboran en favor de la educación; sin perjudicar las irrisorias remuneraciones de los maestros, que en el caso mío que estoy en el cuarto nivel; nos quitaron a los de la Carrera Pública algo de 270,00 nuevos soles por zona rural.
jesus
07:30 | 26-09-2014 | IP: 190.113.213.224yo, creo que la mayoría que quiere lo mejor para el perû y por ende para sus hijos estamos de acuerdo con los cambios asi nos afecte o nos duela, tengo 25 años en el magisterio y creo que debemos cambiar, capacitarnos y ser avlauados para que se queden los mejores, si no estoy yo, habrán otros mejores. no pensemos solo en nosotros. pensemos en el futuro del peru.
Maite
20:12 | 15-09-2014 | IP: 201.230.144.88Señores del Minedu, tengo una duda:¿los profesores ubicados en la tercera escala magisterial, provenientes del segundo nivel de la CPM, no pueden participar en esta convocatoria 2014? Si es así, me parece injusta tal determinación. Deseo participar, pero tengo que esperar 3 años más para ascender de escala, ya que con la CPM, nunca hubo examen para ascenso de nivel.
Demetrio
00:15 | 14-09-2014 | IP: 190.238.236.185LLAMADO DE ALERTA A PROFESORES
Compañeros profesores: mucho cuidado al participar en las evaluaciones convocadas por el MED, lleven sus tampones y estampen su huella digital en todas las hojas de evaluación para asegurar su rendimiento, para evitar el cambio de evaluaciones y notas como ocurrió en mi caso, en la EVALUCION EXCEPCIONAL DE DIRECTORES, de este hecho insólito e inadmisible, tengo todos los indicios suficientes para demostrar la arbitrariedad e irregularidad que cometieron en mi
Esteban Tolentino
15:30 | 13-09-2014 | IP: 190.113.213.196Estimados señores del MINEDU, me parece bien los cambios, hoy la teoria del derecho ganado ya fenecio, ahora estamos con la teoría de la actualidad, si no estamos actualizado debemos dar un paso al costado para que sigan la ruta los mejores, eso si debemos desterrar el compadrazgo politico de eso preocupense amigos maestros, lo demas no podemos llorar por los tiempos pasados
pucallpa
10:57 | 12-09-2014 | IP: 190.239.184.225Buen día a todos
Solo para comentarles algo, los cambios y reformas traen cosigo muchas discoformidades hasta que te acostumbras. Luego todo estaremos felices porque se trata de PERÙ y eso es lo que importa, fuera los tinterillos que creyeron que nombrandose ya nadie les movería, el estado también es como una empresa por lo tanto ayudemos al cambio. Como aceptaron el cambio de comunicaciones!!!!!!! antes no podían ni hablar por celular criticaban y ahora como es. Analicen bien los cambios
DOCENTE CRÍTICO
20:13 | 11-09-2014 | IP: 181.64.192.139Y ahora a que se debe que el MINEDU, se están apresurando con este seudo concurso de directores. Será acaso el temor a que salgan más medidas cautelares a favor de los directores y les arruinen esta farsa de concurso. Jueces imiten a sus pares de Chincha y de Lamas, esos jueces si se han amarrado los pantalones y no le temen a este gobierno del soldadito de plomo y encima prepotente y abusivo. Todo tiene su final.
ANA RIVAS ALVARADO
17:09 | 11-09-2014 | IP: 181.65.78.154SEÑORES MINEDU, TENGO CIERTAS DUDAS, POR EJEMPLOS, QUIÉNES PODRÁN PARTICIPAR EN CONCURSO DE DIRECTORES Y SUBDIRECTORES QUE SE AVECINA.
patroclo
12:01 | 11-09-2014 | IP: 181.65.159.116Señores del MED, Deberían de revisar primeros los exámenes de los Directivos que ha presentado reclamos en el examen excepcional I
patroclo
11:54 | 11-09-2014 | IP: 181.65.159.116Señores del MED deben de revisar bien los examenes de los directivos que ha presentado sus reclamos
CELSO SALAZAR
06:49 | 11-09-2014 | IP: 181.64.209.190señores del MINEDU, sugiero:
- Que el examen sea por región y no por UGEL, para cubrir con los mejores docentes.
- Revisar la trayectoria profesional.
Espero ser escuchado
Mario
18:36 | 10-09-2014 | IP: 190.233.75.23Directores miedosos, den su examen nomas jajajja
SAULITO VARGAS M.
12:17 | 10-09-2014 | IP: 181.176.223.115MINEDU menciona n veces la Ley 29944, en sus Resoluciones y Decretos, sin embargo vulnera y manosea sin piedad a través de evaluaciones excepcionales ilegales. No han respetado el Art. 38° de la LRM, los Art. 62°, 63° y 64° del Reglamento de la LRM. Los profesores ¡NO SOMOS TONTOS! para aceptar tremendos engaños, ni estamos en un cuartel para desconocer nuestros derechos fundamentales. Francamente el Perú no tiene porque gastar en vano tanta plata, por culpa de éstos inexpertos del Minedu.