• ESCOLARIDAD 2013: Disponen pago de Bonificación por Escolaridad de S/. 400 a funcionarios públicos (D. S. N° 003-2013-EF)
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Pago se hará efectivo en enero: El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó un decreto supremo que establece disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad, que asciende a 400 nuevos soles, la cual será abonada, por única vez, en la planilla de pagos del sector público de enero de 2012.
La Bonificación por Escolaridad se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, obreros permanentes y eventuales del sector público.
Este beneficio también será extensivo al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, así como a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, decretos leyes N° 19846 y 20530, Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
Además, los trabajadores del sector público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada percibirán la bonificación conforme a lo establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012.
El personal beneficiado tendrá derecho a percibir la bonificación siempre que cumpla con estar laborando o en uso del descanso vacacional o de licencia con goce de remuneración o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley de Modernización de la Seguridad Social.
También deberá contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses, y si no cumpliera con el referido tiempo dicho beneficio se abonará en forma proporcional a los meses laborados.
Los funcionarios, servidores y pensionistas de la administración pública reciben la Bonificación por Escolaridad en una sola repartición pública, debiendo ser otorgada en aquella que abona los incrementos por costo de vida.
Asimismo, la percepción de la bonificación es incompatible con la percepción de cualquier otro beneficio en especie o dinerario de naturaleza similar que, con igual o diferente denominación, otorga la entidad pública, independientemente de la fecha de su percepción dentro del presente año fiscal.
La bonificación no estará afecta a los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro y aportaciones al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
Además, la bonificación no constituirá base de cálculo para el reajuste de cualquiera tipo de remuneración, bonificación o pensión.
Finalmente, el MEF, en caso de que fuera necesario, queda autorizado a dictar las disposiciones pertinentes para la correcta aplicación de la norma que establece la entrega de la bonificación.
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LA PRENSA INFORMA: ESCOLARIDAD 2012
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LA PRENSA INFORMA: ESCOLARIDAD 2012
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• Servidores públicos recibirán 400 soles por escolaridad (rpp.com.pe)
Para acceder a esta bonificación, el empleado estatal debe tener una antigüedad no menor a los tres meses en su puesto, según un Decreto Supremo publicado en el diario El Peruano.
El Ministerio de Economía y Finanzas dictó disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad, de 400 nuevos soles, para los servidores públicos en su remuneración de enero, según consigna un Decreto Supremo publicado en el diario El Peruano.
El beneficio alcanza a los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del decreto legislativo 276, y obreros permanentes y eventuales del sector público. Asimismo, el personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional también recibirán tal monto, así como los pensionistas comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, decretos leyes 19846 y 20530, decreto supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.
El decreto señala que, para percibir la bonificación por escolaridad, el servidor público debe tener una antigüedad laboral no menor a los tres meses y estar trabajando a la fecha de vigencia del decreto supremo promulgado, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones, o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley 26790.
En caso que el servidor público no cuente con los tres meses de antigüedad laboral, se le abonará en forma proporcional a los meses laborados, concluye el mentado decreto supremo.
La referida norma lleva las firmas del presidente Ollanta Humala y del ministro de Economía, Luis Miguel Castilla.
• Funcionarios públicos recibirán bono de escolaridad de S/.400 (http://elcomercio.pe)
MEF publicó decreto supremo que autoriza desembolso, el cual será incorporado al pago de los trabajadores este mes
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó un decreto supremo que establece disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad que asciende a 400 nuevos soles, la cual será abonado, por única vez, en la planilla de pagos del sector público de enero del 2012.
La bonificación se otorgará a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, obreros permanentes y eventuales del sector público.
También será extensivo al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú así como a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, Decretos Leyes N° 19846 y 20530, Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
El personal beneficiado tendrá derecho a percibir la bonificación siempre que cumpla con estar laborando, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce remuneraciones.
También se deberá contar con una antigüedad no menor de tres meses y si no contara con el referido tiempo, dicho beneficio se abonará en forma proporcional a los meses laborados.
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