MINEDU DIFUNDE COMUNICADO OFICIAL SOBRE CRITERIOS Y EXCEPCIÓN DE LA EDAD CRONOLÓGICA: En cumplimiento del deber de proteger el bienestar integral de los niños y niñas, derecho que el Estado tiene que respetar y hacer respetar, el Ministerio de Educación - MINEDU, se dirige a la opinión pública para expresar, que este sector establece la edad de 6 años cumplidos, como uno de los requisitos para el ingreso a primer grado de primaria, con el propósito de asegurar que los niños y niñas tengan el tiempo necesario para madurar integral y armónicamente, en el aspecto emocional, afectivo, social y cognitivo.
El objetivo es que los niños y niñas estén preparados para enfrentar los retos que demanda la experiencia escolar y los aprendizajes que corresponden a la educación primaria.
Cabe precisar que esta disposición se encuentra vigente desde el año 2009 y está enmarcada en parámetros internacionales. Asimismo, se establece un punto de corte equivalente para la educación inicial de 3 a 5 años.
La norma señala que los niños y niñas que se matriculan por primera vez, en el presente año, para el nivel de educación inicial de 3, 4, 5 años o en primer grado deben tener la edad cumplida al 31 de marzo.
Por ello, es responsabilidad de los directores de instituciones educativas públicas y privadas; además, de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y de las Direcciones Regionales de Educación (DRE), asegurar el cumplimiento de esta disposición, bajo responsabilidad.
Sin embargo, considerando que en años anteriores el sistema no detectó ni corrigió oportunamente las irregularidades cometidas por las Instituciones Educativas al matricular a los niños y niñas en un aula que no les correspondía según sus edades, se establece, por única vez, lo siguiente:
Los niños y niñas que tuvieron matrícula irregular, por motivo de edad, durante el año 2011, en las aulas de 3, 4 y 5 años, podrán continuar progresivamente sus estudios en el aula o grado correspondiente, siempre y cuando cumplan la edad requerida hasta el 31 de julio, y si los padres de familia así lo deciden.
Para poder realizar la matricula, los padres de familia deberán presentar el código único de matrícula y la constancia de estudios debidamente suscrita por la dirección de la institución educativa.
La medida se tomará sin perjuicio de las sanciones que correspondan a las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), y a las Instituciones Educativas que realizaron las matriculas de manera irregular.
Comentar esta noticia