D. S. N° 029-2011-EF - Autorizan Transferencia de Partidas del Ministerio de Educación a favor del Instituto Peruano del Deporte - MEF - www.mef.gob.pe



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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Autorizan Transferencia de Partidas del Ministerio de Educación a favor del Instituto Peruano del Deporte

DECRETO SUPREMO N° 029-2011-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se autoriza al Ministerio de Educación a priorizar su presupuesto institucional con el objeto de realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de DOCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 490 000,00), a favor del Instituto Peruano del Deporte (IPD), que son aprobadas mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, con el objeto de financiar el cumplimiento de los eventos deportivos internacionales y/o mundiales asumidos por el Perú como sede durante el año 2011. La aplicación de dicha norma no demanda recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2010-ED, se declara de interés nacional la organización del Campeonato Mundial Juvenil 2011 de Voleibol Femenino a realizarse en las ciudades de Lima y Trujillo, para lo cual se autoriza al Instituto Peruano del Deporte (IPD) a adoptar las medidas y realizar las acciones necesarias que permitan viabilizar dicha disposición;

Que, en el presente año el Perú será sede del II Campeonato Mundial Sub 17 de Levantamiento de Pesas, sede del Mundial Juvenil de Voleibol Femenino, sede del LXIV Campeonato Mundial de Billar a Tres Bandas Individual Masculino Categoría Mayores; y sede del Tercer Campeonato Mundial Junior de Natación, a realizarse en los meses de mayo, julio y agosto, para cuyo efecto el Instituto Peruano del Deporte requiere recursos adicionales para el financiamiento de los gastos de organización de dichos eventos;

Que, como parte de las acciones necesarias para la realización de los eventos deportivos arriba mencionados, se requiere la adecuación y mantenimiento de los Coliseos Eduardo Dibós de la ciudad de Lima y Gran Chimú de la ciudad de Trujillo, cuyos costos ascienden a CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE Y 45/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 484 729,45) y TRES MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 99/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 730 734,99) respectivamente, para lo cual el Pliego requiere un presupuesto adicional de OCHO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 000 000.00) Que, asimismo, el Instituto Peruano del Deporte, mediante Oficio N° 046-2011-P/IPD manifiesta que el costo que irrogará la organización de dichos eventos deportivos requiere financiamiento por un total de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 490 000,00), que comprenden:

QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 500 000,00) para el II Campeonato Mundial Sub 17 de Levantamiento de Pesas; DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 565 000,00) para el Campeonato Mundial Juvenil 2011 de Voleibol Femenino; DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 285 000,00) para el LXIV Campeonato Mundial de Billar a Tres Bandas Individual Masculino Categoría Mayores; y UN MILLÓN CIENTO CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 140 000,00) para el Tercer Campeonato Mundial Junior de Natación, recursos que serán ejecutados por el mismo pliego.

Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 0013-2011-ME/SPE-UP, emitió opinión favorable para efectuar las transferencias de partidas dispuesta por la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año

Fiscal 2011, hasta por la suma de DOCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 490 000,00);

De conformidad con lo establecido por la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626;

DECRETA:

Artículo 1°.- Objeto

Autorícese una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de DOCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 490 000,00), a fin de financiar la implementación de la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626; de acuerdo a lo siguiente:

[Ver tabla en Normas Legales]

Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4°.- Del refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación y el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil once.

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación

ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Economía y Finanzas

[El Peruano: 19/02/2011]





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