Municipio de Puno indemnizará a los deudos de la academia «Nueva G» (Resolución Nº 145-2017)



Municipio de Puno indemnizará a los deudos de la academia «Nueva G» (Resolución Nº 145-2017)

La Sala Civil de la Corte Superior de Puno ordenó que la Municipalidad Provincial de Puno indemnice, como responsable solidario, a los familiares de las 12 víctimas del desplome de la infraestructura de la academia "Nueva G" ocurrido el 19 de abril del 2002.

La medida se dispuso tras revocar en parte la sentencia N° 051-2016 emitida por el Segundo Juzgado Civil de Puno que había declarado infundada la demanda sobre indemnización de daños y perjuicios en contra de la comuna puneña.

El colegiado de la Sala Civil de Puno, integrado por los magistrados Manuel León Quintanilla Chacón, Pánfilo Monzón Mamani y Benny Álvarez Quiñones, halló responsabilidad en el municipio de Puno por el desplome del local de la academia que causó la muerte de 12 jóvenes.

En tal sentido, a través de la resolución Nº 145-2017, determinó declarar fundada la demanda sobre indemnización por daños y perjuicios interpuesta en grado de apelación por los familiares de los estudiantes que fallecieron en el derrumbe de la academia "Nueva G", por lo que la Municipalidad Provincial de Puno, responsable solidario del daño ocasionado, deberá abonar conjuntamente con los demás demandados, las indemnizaciones reconocidas.

Según la resolución judicial, la indemnización por daños y perjuicios, se incrementó de 100,000 a 130,000 soles, en favor de Felipa Nidia Chije Mamani, Germán Domingo Cabrera Ticona y María Tito Charaja.

También, se les halló responsabilidad en Juan Mamani Salas, propietario del inmueble, porque alquiló su vivienda de más de 50 años de antigüedad, sin estar en las mínimas condiciones para albergar a decenas de estudiantes, además del exdirector regional de Educación, Mario Gallegos Montesinos, porque no hizo nada para evitar que funcione dicha academia.

También están involucrados en el pago de indemnización, los socios fundadores de la academia Walter Quiñones Corimanya, Jorge Luis Chumberiza Manso, Francisco Augusto Mariscal Flores, Miguel Quispe Achata, Pedro Miguel Vásquez Mendoza y Abimael Luna Laura.

Mientras que, a la Municipalidad Provincial de Puno, se le responsabiliza por no haber realizado las labores de supervisión de la licencia de funcionamiento de la citada academia pre universitaria, que funcionaba irregularmente en el jirón Santiago Giraldo, ubicado en el centro de la ciudad de Puno.





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