Bancos emitirán facturas electrónicas para cuotas hipotecarias, informó la SUNAT - www.sunat.gob.pe



Bancos emitirán facturas electrónicas para cuotas hipotecarias, informó la SUNAT - www.sunat.gob.pe

Ente recaudador prepublicará norma en las próximas semanas para recibir comentarios: La Sunat señaló hoy que los bancos y entidades financieras emitirán facturas electrónicas a favor de las personas naturales por el pago de las cuotas de los créditos hipotecarios, a fin que faciliten su deducción del Impuesto a la Renta.

Por tal motivo la Sunat prepublicará la norma que regula la emisión de facturas electrónicas del sistema financiero para dicho fin a través del Diario Oficial El Peruano a efectos de recibir opiniones.

"Debe estar prepublicándose (la norma) entre la próxima semana y la subsiguiente para efectos de recibir comentarios del público en general", indicó el funcionario de la Sunat, Miguel Ríos.

Indicó que la fecha a partir de la cual se determinará que los bancos o entidades financieras emitan estos comprobantes electrónicos se conocerá cuando se publique la resolución de la Sunat.

"La norma se publicará en el diario El Peruano y ahí se conocerá a partir de qué fecha los bancos tendrán la obligación de emitir una factura electrónica", subrayó Ríos.

Solo para primera vivienda
Ríos refirió que la emisión de esta factura electrónica servirá a las personas naturales para deducir los intereses de sus créditos hipotecarios en sus pagos del (IR) solo en el caso de adquisición o construcción de una primera vivienda (inscrita en Registros Públicos).

Indicó que se deduce el 100% de los intereses compensatorios y no incluye los intereses moratorios.

Ríos también señaló que este beneficio de la deducción de los intereses hipotecarios para el pago del IR comprende todos los pagos efectuados a partir del 1 de enero del 2017 y mientras no se emitan las facturas electrónicas se utilizarán los comprobantes que emitan las entidades financieras.

"Puede utilizarse el documento que emita el banco, puede ser el estado de cuenta, la nota de cargo, la nota de abono, como se llame, lo único que interesa es que ese documento tenga el RUC del banco, el monto de la operación, el número correlativo del comprobante, además de la identificación del cliente", indicó.

Finalmente, Ríos recordó que el pago del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio del 2017 se realizará entre marzo y abril del 2018.





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