Bancada fujimorista presentó Proyecto de Ley para que trabajadores puedan deducir gastos de impuesto a la Renta en educación



Bancada fujimorista presentó Proyecto de Ley para que trabajadores puedan deducir gastos de impuesto a la Renta en educación

Se sumaría a los cinco rubros de gasto fijados por el Gobierno para la deducción adicional de hasta 3 UIT. El abogado tributarista Jorge Picón explica el impacto que tendría esta propuesta: La bancada de Fuerza Popular presentó un proyecto de ley para que los trabajadores puedan incluir los gastos en educación en la deducción adicional de hasta 3 UIT (S/ 12,150) dispuesta por el Gobierno al momento de calcular el pago del Impuesto a la Renta (IR).

La iniciativa legislativa señala que se busca considerar los gastos del contribuyente en servicios educativos, incluidos los pagos por concepto de matrículas y de pensiones de educación básica y superior de sus hijos menores de 25 años, los estudios superiores del contribuyente y su cónyuge, realizados en el país y en el extranjero.

"Será deducible como gasto de la contraprestación de los servicios educativos, aquellos debidamente acreditados con comprobantes de pago", agrega el proyecto de ley N° 964/2016-CR, presentado esta semana por un grupo de congresistas de Fuerza Popular, incluido el vocero Luis Galarreta.

Cabe recordar que el Gobierno ha dispuesto que desde este año los trabajadores, tanto en planilla como independientes, puedan pagar menos IR si es que sustentan gastos en cinco rubros: el pago por alquiler de un inmueble, los intereses de un crédito hipotecario, los honorarios profesionales de médicos y odontólogos por servicios de renta de cuarta categoría, las aportaciones a EsSalud por la contratación de un trabajador del hogar y por el pago de servicios de ciertas profesiones y oficios vía rentas de cuarta categoría (para conocer más detalles sobre estos rubros puede hacer click en este enlace).

El proyecto de ley de Fuerza Popular busca agregar un sexto rubro que pueda ser deducible: los servicios educativos.

Compensar gastos
En la exposición de motivos, el proyecto sostiene que la propuesta busca dar una mayor equidad en el trato tributario que se le da a las empresas, en comparación a los trabajadores, pues en el primer caso sí pueden aplicar una larga lista de gastos como deducción al calcular el IR.

En cambio los trabajadores solo tendrían los cinco rubros de gastos recién fijados a partir de este año "resultando discriminatorio y en cierta manera violentando los derechos fundamentales de los trabajadores", subraya el proyecto de ley.

Asimismo, se indica que en otros países como Colombia, Argentina, Ecuador y Uruguay sí se acepta a los trabajadores deducir los gastos en educación.

Impacto
Al respecto, el abogado tributarista Jorge Picón, refirió que de aprobarse la propuesta no habría gran impacto en la recaudación tributaria, pues se estaría manteniendo el tope de deducción adicional de 3 UIT.

"Solo se daría la oportunidad que más trabajadores lleguen a ese tope al aplicar también los gastos en educación", refirió.

Por ello estimó que no habría gran oposición del Gobierno para dar luz verde a esta propuesta.

No obstante, Picón propuso que también se evalúe elevar el tope de 3 UIT para generar efectos más potentes en el plan de formalización del Gobierno.

"Las 3 UIT son un límite bajo para generar impacto en el contribuyente y los rubros de gasto fijados aún son bastante restrictivos", anotó.

El proyecto de ley señala que de ser aprobado, recién entraría en vigencia desde el primero de enero del 2018, pues todo cambio tributario se da al empezar cada año.

En cambio los otros cinco rubros de gasto para la deducción adicional ya aplicarán desde este año.

Cálculo del IR
Se determina primero sumando todos los ingresos en el año y se deduce (resta) el valor fijo de 7 UIT (S/ 28,350). A esa diferencia se le aplica la tasa del IR.

Desde este año los trabajadores podrán deducir hasta 3 UIT adicionales (S/ 12,150) si es que sustentan gastos en alguno de los cinco rubros mencionados.





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